Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 4153
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 4 de marzo de 2014 por la cual se establece el procedimiento selectivo de aplicadores y correctores de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en primero, tercero y quinto curso de educación primaria del curso 2013-14
Hechos
1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 27 de febrero de 2014, por la cual se establece la realización de una segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en primero, tercero y quinto curso de educación primaria durante el curso 2013-14 y su procedimiento de aplicación a los centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten estas enseñanzas, especifica que la realización de una evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística es un mecanismo idóneo para recoger una información útil que incida sobre la mejora de la calidad y la equidad de la educación en las Illes Balears.
2. A fin de posibilitar la aplicación y la corrección estandarizadas de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística del curso 2013-14 de acuerdo con las exigencias técnicas que requiere su realización, es necesario disponer de profesorado con un grado de especialización que garantice la calidad del proceso. Se considera procedente, por tanto, convocar un procedimiento selectivo entre el personal funcionario docente del cuerpo de maestros que imparta docencia en educación primaria, con un perfil profesional congruente con la naturaleza de las pruebas que, con la debida formación específica a cargo del Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE), pueda proceder a la realización de las tareas de aplicación, de corrección y de entrada de datos en la aplicación informática GESAVA de las pruebas de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística correspondientes a una muestra de alumnos de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. En el punto 1 de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 27 de febrero de 2014, por la cual se establece la realización de una segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en primero, tercero y quinto curso de educación primaria durante el curso 2013-14 y su procedimiento de aplicación a los centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten estas enseñanzas, se indica que durante el curso escolar 2013-14, en los centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de educación primaria, se realizará una segunda evaluación muestral externa diseñada para medir el nivel de adquisición de la competencia en comunicación lingüística por parte del alumnado de primero, tercero y quinto curso de educación primaria.
2. En el punto 2 de esta Resolución, se encarga al Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE) la responsabilidad del diseño, de la planificación de la aplicación y corrección de las pruebas, de la coordinación del proceso, y del análisis de los datos, sin perjuicio de las funciones que la normativa autonómica atribuye a otros órganos en esta materia.
Así pues, para llevar a cabo los procesos correspondientes para la aplicación de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en los plazos previstos, dicto la siguiente
Resolución
1. Convocar, de acuerdo con las condiciones desarrolladas en el ANEXO I de esta Resolución, un procedimiento para seleccionar los aplicadores y los correctores externos que deben llevar a cabo la aplicación de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en primero, tercero y quinto curso de educación primaria y la correspondiente corrección e introducción de datos en la aplicación informática GESAVA correspondientes a los 50 centros de la muestra que imparten estos niveles, seleccionados aleatoriamente y repartidos de la siguiente manera: 8 en Eivissa, 1 en Formentera, 35 en Mallorca y 6 en Menorca, entre públicos, concertados y privados.
2. Aprobar el modelo de solicitud que figura como ANEXO II de esta Resolución.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 4 de marzo de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch
ANEXO I
1. Profesorado encargado de la aplicación y de la corrección de las pruebas
Pueden participar en este procedimiento selectivo los funcionarios del cuerpo de maestros que, en el momento de la publicación de esta Resolución, estén en activo en un centro docente en las Islas Baleares y cumplan los requisitos siguientes:
a) Pertenecer al cuerpo de maestros y ser especialistas en lengua extranjera o estar en posesión del nivel B2 del marco común europeo de referencia para las lenguas.
b) Estar destinado en la isla de referencia.
c) No estar sometido a expediente disciplinario.
2. Plazos de presentación de las solicitudes
Las solicitudes se tendrán que presentar en un plazo máximo de siete días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOIB.
3. Remisión de documentación
Los aspirantes deberán remitir a la IAQSE la solicitud correspondiente, de acuerdo con el modelo que figura en el ANEXO II de esta convocatoria. No será necesario que acrediten los datos profesionales que figuran en el portal de personal de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
Las solicitudes deben presentarse en el registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, en Correos o en cualquiera de las dependencias que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En el caso que la solicitud se presente en una oficina de Correos, se tiene que llevar dentro de un sobre abierto para que el funcionario de Correos pueda fecharla y sellarla antes de certificarla. Para establecer el orden de entrada de las solicitudes que no hayan estado presentadas en los registros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, se considerarán presentadas a las 24:00 horas del día de entrega.
Una vez registrada la solicitud y antes de que finalice el período de presentación de solicitudes, se tendrá que enviar una copia por correo electrónico (iaqse@iaqse.caib.es) o por fax (971 78 46 25) al IAQSE. Si no se envía esta copia, el aspirante no aparecerá en el listado provisional de seleccionados, sin perjuicio de que pueda aparecer en el listado definitivo si se estima su reclamación.
4. Proceso de selección de los aplicadores-correctores
4.1. Criterios de selección
Entre los aspirantes que cumplan todos los requisitos, se seleccionará, por estricto orden de entrada en el registro, el número suficiente para cubrir las plazas de aplicadores-correctores de cada isla. En cada isla se priorizará la asignación de centros a aplicadores-correctores, según el orden de llegada de las solicitudes y la proximidad al centro de destino.
4.2. Suplencias
Los aspirantes no seleccionados permanecerán adscritos a una lista que permitirá a la Administración educativa, en el caso de que no renuncien expresamente, cubrir las necesidades de aplicadores-correctores que puedan presentarse eventualmente en la aplicación de esta convocatoria.
4.3 Resultado de la selección
El secretario autonómico de Educación, Cultura y Universidades dictará una Resolución para aprobar el listado provisional de seleccionados y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se publicará día 21 de marzo de 2014 en la web del IAQSE (http://iaqse.caib.es). Se dispondrán de dos días hábiles, desde el día siguiente a la publicación del listado, para posibles reclamaciones, que se tendrán que remitir por correo electrónico al IAQSE (iaqse@iaqse.caib.es).
Una vez revisadas las reclamaciones, el secretario autonómico de Educación, Cultura y Universidades dictará una Resolución para aprobar el listado definitivo de seleccionados, que se publicará en la web del IAQSE día 27 de marzo de 2014.
5. Compromisos adquiridos por los seleccionados
5.1. Se deberán ocupar de la aplicación, de la corrección y de la introducción de datos en la plataforma digital GESAVA de las pruebas de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística (catalán, castellano y inglés). Los trabajos derivados de la corrección y de la introducción de datos de las pruebas se tendrán que realizar fuera del horario laboral.
5.2. Una vez comenzado el proceso de evaluación, no podrán renunciar.
5.3. Tendrán que seguir la formación específica que se les imparta, así como todas las instrucciones de aplicación del proceso y de corrección de las pruebas que facilite el IAQSE.
5.4. Realizarán las tareas que el IAQSE les asigne en relación a la aplicación y la corrección de las pruebas y la introducción de los datos de los resultados en la base de datos que se indique.
5.5. Deberán cumplir con exactitud el calendario y los horarios del proceso de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística en todos sus aspectos.
5.6. Se tendrán que desplazar por sus medios a la reunión formativa previa a la aplicación, al centro los días de aplicación de las pruebas y a los lugares designados para dejar y recoger las hojas de respuesta del alumnado para poder proceder a la corrección, de acuerdo con la distribución operativa que haya hecho el IAQSE.
5.7. Tendrán que efectuar la aplicación y corrección de las pruebas de lengua catalana, lengua castellana y lengua inglesa de los tres niveles educativos evaluados correspondientes al centro educativo asignado por el IAQSE.
5.8. Mantendrán la confidencialidad sobre las pruebas y los resultados. En este sentido, deberán firmar el documento de compromiso de confidencialidad que les facilitará el IAQSE. Respecto al traslado de la documentación (pruebas realizadas y listados) y a los datos personales del alumnado, los aplicadores y los correctores deben ajustarse a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
6. Compensación económica
Los seleccionados percibirán, en los términos que establece la legislación vigente, una compensación económica en concepto de gratificación por la prestación de servicios extraordinarios efectivos fuera del horario o jornada habitual de trabajo. Esta compensación se hará en concepto de corrección de las pruebas y será de un euro (1 €) por prueba corregida.
7. Falta de solicitudes
En caso de no cubrirse las plazas para realizar la aplicación y corrección de las pruebas, el IAQSE podrá designar a los funcionarios docentes correspondientes, siempre que cumplan con los requisitos del punto 1 del ANEXO I de esta convocatoria, para llevar a cabo las tareas de aplicador-corrector de la segunda evaluación muestral de diagnóstico de nivel de competencia en comunicación lingüística 2013-14.
ANEXO II
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE APLICADORES-CORRECTORES PARA LA SEGUNDA EVALUACIÓN MUESTRAL DE DIAGNÓSTICO DE NIVEL DE COMPETENCIA EN COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA EN PRIMERO, TERCERO Y QUINTO CURSO DE EDUCACIÓN PRIMARIA DEL CURSO 2013-14
DATOS DEL SOLICITANTE / DE LA SOLICITANTE
Nombre y Apellidos
NIF
NRP
Dirección
Localidad
Código postal
Teléfono de contacto
Correo electrónico
Situación administrativa
Cargo
Cuerpo
Especialidad
Acreditación de nivel de inglés (indicar el nivel)
Centro de destino
Localidad del centro de destino
CP del centro de destino
Teléfono del centro de destino
Observaciones:
___________________________, _______ de ______________________de 2014
El solicitante / La solicitante
Firma: ______________________________________
INSTITUTO DE EVALUACIÓN Y CALIDAD DEL SISTEMA EDUCATIVO (IAQSE)