Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 4083
Modificación del acuerdo adoptado por el Pleno el día 28 de enero de 2014, con relación al expediente de revisión y adaptación al plan territorial insular de Mallorca de las normas subsidiarias de planeamiento municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento de Puigpunyent , en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de Marzo de 2014 , adoptó , entre otros, el siguiente acuerdo:

Conferir una nueva redacción al acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento , en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2014 , con relación al expediente de revisión y adaptación al plan territorial insular de Mallorca de las normas subsidiarias de planeamiento municipal, de acuerdo con los términos siguientes :

1 . Aprobar la nueva documentación de la Revisión y Adaptación al Plan Territorial Insular de Mallorca de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Puigpunyent , elaborada por parte del equipo redactor conformado por los técnicos de GAAT SL , Dando cumplimiento al acuerdo adoptado por parte de la Comisión de Ordenación del Territorio , Urbanismo y Patrimonio Histórico , de subsanación de deficiencias de la anterior documentación técnica .

2 . Dado que la nueva documentación supone una nueva redacción de los textos anteriores , someterla al trámite de información pública mediante la inserción de los correspondientes edictos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en uno de los diarios de mayor circulación de la isla de Mallorca , por un plazo de tres meses , a contar desde la publicación del anterior acuerdo ahora rectificado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. , de fecha 6 Febrero de 2014 .

Asimismo , el contenido íntegro de la documentación aprobada de acuerdo con el apartado 1 anterior , puede ser consultada durante el citado período de información pública en la página web del Ayuntamiento , de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.3 de la Ley 7 /1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

3 . Dado que han transcurrido más de cinco años desde la fecha de extinción de los efectos de suspensión de otorgamiento de licencias derivada de la primera aprobación inicial de la revisión de las normas subsidiarias , de conformidad con el apartado 2 del artículo 7 bis de la Ley 4 /2008, de 14 de mayo , de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible , la presente aprobación determina por sí sola y por ministerio legal , la suspensión de toda clase de aprobaciones , autorizaciones y licencias urbanísticas en los ámbitos en que las nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen urbanístico vigente .

A los efectos previstos en dicha disposición , y dado el carácter de revisión del instrumento de planeamiento general , se señala que las zonas afectadas por la suspensión son todas las del territorio municipal . La duración de suspensión de tramitaciones y de licencias tendrá vigencia durante dos años o hasta la aprobación provisional de la nueva documentación , pudiendo ser objeto de prórroga en los términos establecidos en el citado artículo 7 bis de la referida Ley 4 /2008, de 14 de mayo.

No obstante lo previsto en los dos párrafos anteriores , durante la suspensión de la tramitación de procedimientos y el otorgamiento de licencias , se pueden tramitar los instrumentos u otorgar las licencias fundamentados en el vigente régimen urbanístico que sean compatibles con las determinaciones de la documentación aprobada con el presente acuerdo .

2 º . De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria segunda y el punto 2 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 11 /2006, de 14 de septiembre , de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas , solicitar de la Comisión de medio Ambiente de las Islas Baleares la revalidación del acuerdo de inviabilidad de sujeción a evaluación ambiental estratégica de la revisión de las normas subsidiarias , y la adopción del acuerdo que corresponda por parte de dicho órgano ambiental .

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la normativa vigente

 

Puigpunyent a 7 de Marzo de 2014

 

El Alcalde Presidente

Gabriel Ferrà Martorell