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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4034
Requerimiento de documentación justificativa de un expediente de subvención en el marco de la resolución de la consejera de Trabajo y Formación de 23 de septiembre de 2008 (BOIB nº 137, de 30 de septiembre)

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Texto

Dado que no ha sido posible, después de dos intentos, la práctica de la notificación del requerimiento de documentación justificativa de un expediente de subvención en el marco de la resolución de la consejera de Trabajo y Formación de 23 de septiembre de 2008 (BOIB nº 137, de 30 de septiembre) y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas interesadas en el expediente indicado a continuación:

Expediente  Interesado/CIF   Proyecto   Fecha requerimiento

PAE-03/08-01

Fons Formació Illes Balears  G57629594

Processos d'acompanyament a l'ocupació per a persones majors de 45 anys

10-01-2014

Que se ha hecho un requerimiento para presentar o subsanar la documentación justificativa.

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la entidad interesada dispone de un plazo de 10 días improrrogables para presentar la documentación requerida, contadores desde el día siguiente de la notificación. Si no se aporta la documentación requerida en el plazo establecido, de acuerdo con lo que dispone el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se dictará resolución por la cual se declarará decaído el derecho de la entidad al trámite indicado y se iniciará, si procede, procedimiento de reintegro de las cantidades percibidas y no justificadas, de conformidad con lo que disponen los arts. 44 y 45 del Decreto legislativo 2/2005, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

 

Palma, 3 de marzo de 2014

 

La directora del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB) 

Francisca Ramis Pons