Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 3947
Acuerdo de declaración como bién catalogado de la obra "Femme, Oiseau" de Joan Miró
El 30 de septiembre de 2013 (registro de entrada núm. 29885), la Sra. Fernández Jiménez presentó documentación diversa por la que solicitaba la incoación del procedimiento de declaración como Bien Catalogado de la obra “Femme Oiseau” del autor Joan Miró.
El 15 de octubre de 2013, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración como a Bien Catalogado de la obra “Femme Oiseau”, de acuerdo con el informe técnico de día 3 de octubre de 2013.
Visto que se abrió el trámite de audiencia a los interesados.
Visto que no se presentó ninguna alegación al expediente de declaración como a Bien Catalogado de la obra mencionada del autor Joan Miró.
El 27 de noviembre de 2013 el técnico de administración general del Servicio de Patrimonio Histórico emitió informe favorable a la propuesta de declaración como Bien Catalogado la obra mencionada, para elevar a la PTPH y a la CIPH, para que se eleve al Plenario.
Visto que en la sesión de día 17 de diciembre de 2013 la Comisión Insular de Patrimonio Histórico acordó, entre otros, elevar al Pleno la propuesta de “Declarar como Bien Catalogado la obra “Femme Oiseau” del autor Joan Miró, de acuerdo con el informe técnico de fecha 3 de octubre de 2013 que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo y es la siguiente:
Autor: Joan Miró.
Título: Femme Oiseau
Fecha: 27/03/1972
Técnica/soporte: Óleo sobre tela
Medidas: 65x 100 cm.
Estado de conservación: Bueno.
Ubicación actual: domicilio particular
Visto el certificado emitido por el secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes con fecha 15 de enero de 2014.
Por todo ello, y en virtud de lo que disponen los artículos 14 y siguientes, en relación con los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears, en relación con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la mencionada Ley, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consells Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento orgánico del Consell Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno de 8 de marzo de 2004(BOIB núm. 38 de 16-03-04), modificado por acuerdo del Pleno de día 28 de julio de 2008, i por acuerdo de Pleno de día 13 de octubre de 2011(BOIB núm. 158 de 20-10-11), el Presidente de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de ACUERDO:
Declarar como Bien Catalogado la obra “Femme Oiseau” del autor Joan Miró, de acuerdo con el informe técnico de fecha 3 de octubre de 2013 que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo, y es la siguiente:
Autor: Joan Miró.
Título: Femme Oiseau
Fecha: 27/03/1972
Técnica/soporte: Óleo sobre tela
Medidas: 65x 100 cm.
Estado de conservación: Bueno.
Ubicación actual: domicilio particular
Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears y la normativa concordante.
Este acuerdo se de publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado, se anotará en el Catálogo Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca y se comunicará a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que se proceda a su anotación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de las Illes Balears e inste su anotación en el Inventario General de Bienes Muebles de la Administración General del Estado.
Este acuerdo se comunicará a la interesada, al Ayuntamiento de Palma y al Gobierno de las Illes Balears.”
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
Directamente el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
El RECURSO DE REPOSICIÓN potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de UN MES, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante a lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Palma,
El secretario general del Consell Insular de Mallorca,
Jeroni Mas Rigo
ANEXO I
Informe Técnico
Joan Miró es sin duda uno de los artistas más importantes, completos y originales del siglo XX y por tanto, sus obras, constituyen una de las aportaciones mas destacadas en la plástica contemporánea. La obra “Femme, Oiseau”, cuya declaración como Bien Catalogado se solicita, constituye un ejemplo significativo del universo mironiano, tanto a nivel técnico como simbólico y por tanto de gran interés para conocer la trayectoria y evolución de la obra de Joan Miró.
Los datos técnicos de la obra incluida en la solicitud son:
Autor: Joan Miró.
Título: Femme Oiseau
Fecha: 27/03/1972
Técnica/soporte: Óleo sobre tela
Medidas: 65x 100 cm.
Estado de conservación: Bueno.
Ubicación actual: domicilio particular
Principales Medidas de Protección
Se comunicará a la administración competente en materia de patrimonio histórico cualquier acto jurídico y técnico que pueda afectar a la obra de la que ahora se propone la declaración
En todo caso, se estará a lo que señala la Ley 12/98, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears, especialmente en sus artículos 3 (colaboración de los particulares), 22 (protección general de los bienes del patrimonio histórico), 26 (deber de conservación), 27 (incumplimiento del deber de conservación), 28 (reparación de daños), 44 (Régimen general de los bienes muebles), 47 (conservación).
Conclusiones
Por el significado de la obra de Joan Miró dentro de la panorámica del arte del siglo XX, hemos entendido que, en aplicación de la Ley 12/98, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears, la obra cuya declaración se solicita, es merecedora de dicha declaración como Bien Catalogado.