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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE INCA

Núm. 16623
Procedimiento ordinario 0000493/2006 Sobre otras materias

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Texto

CELULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Inca, a doce de julio de dos mil doce

Vistos por mí, Nuria Esther Carrillo Pérez, Magistrado Juez ssto. del juzgado de Instrucción nº 2 de Inca en funciones de refuerzo, los presentes autos que se siguen por Juicio Ordinario en este Juzgado con el número arriba indicado sobre división de cosa común, a instancia de Don Juan Ferrá Mateu y la entidad Construcciones Ferrá, S.A. representados por la Procuradora de los Tribunales Dña. Juana María Serra Llull y asistidos por el Letrado D. Vicente Antonell Aebi frente a D. Antonio Romero Blanco que fueron declarados en rebeldía.

FALLO

Que ESTIMO la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales Dña. Juana María Serra Llull actuando en nombre y representación de D. Juan Ferrá Mateu y la entidad Construcciones Ferrá, S.A. frente a D. Antonio Romero Blanco y D. Juan  romero Blanco, Karin Horster Caliebe, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por los siguientes pronunciamientos:

1.- Se declara extinguida la situación de pro indivisión sobre el inmueble sito en Inca con número registral de finca 14.848, tomo 3.890, libro 601, folio 97 del Registro de la Propiedad de Inca nº 1;

2.- Que la mencionada finca salga a subasta en ejecución de sentencia, con el tipo de tasación que se tase pericialmente, en la que admitan licitadores extraños y con el producto de la venta hacer pago a las partes en proporción a sus respectivas participaciones de la finca.

Condénese en costas a la parte demandada

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de Apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma (artículo 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución del depósito previsto en la DA 15ª de la LOPJ.

Llévese el original al libro de sentencias dejando testimonio de autos.

Por esta sentencia, lo pronuncia, manda y firma, Nuria Esther Carrillo Pérez, Magistrado Juez ssto. del Juzgado de Instrucción nº 2 de Inca en funciones de refuerzo. Doy fe.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la sentencia por la Ilustre Sra. Juez que la dicto, hallándose celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha. Doy fe.