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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 3793
Constitución bolsa de trabajo de enfermero/a para los centros de estancias diurnas municipales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía de 20 de febrero de 2014 se ha resuelto lo siguiente:

“DECRETO

Antecedentes

Una vez finalizado el plazo de presentación de reclamaciones, sin que se haya presentado ninguna, queda automáticamente elevada a la Alcaldía la propuesta del tribunal calificador de la convocatoria de una bolsa de trabajo de trabajo de enfermero/a para los centros de estancias diurnas municipales, de 13 de febrero de 2014, para la constitución definitiva de la citada bolsa de trabajo.

Por este motivo,

RESUELVO:

1. Aprobar, según la propuesta definitiva efectuada por el tribunal calificador nombrado al efecto, la composición final de la bolsa de trabajo de enfermero/a para los centros de estancias diurnas municipales, convocada por Decreto de Alcaldía de 13 de diciembre de 2013, y que queda con el orden de prelación siguiente:

NÚM.

ASPIRANT

PUNTUACIÓ

1.

41 522 660 R

23,252

2.

37 339 631 M

20,000

3.

41 516 844 G

18,831

4.

43 142 869 K

18,122

5.

41 524 649 N

17,660

6.

43 180 574 Y

16,626

7.

41 535 622 Z

16,584

8.

41 516 688 D

16,424

9.

43 191 690 J

15,999

10.

43 194 751 S

15,922

11.

41 518 471 K

15,750

12.

43 199 165 J

15,626

13.

43 170 950 L

15,622

14.

41 535 623 S

15,500

15.

43 214 472 W

15,500

16.

41 517 793 X

15,493

17.

43 158 396 T

14,834

18.

43 204 868 N

14,500

19.

71 136 840 W

13,911

20.

43 102 662 H

12,250

2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios, en el BOIB y en la página web de este Ayuntamiento.

De conformidad con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, a contar del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contenciosos Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso administrativo si se ha optado por interponer el recurso de reposición potestativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiese resolución expresa el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.

Todo eso sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno”.

 

Manacor, 20 de febrero de 2014

 

El Alcalde,

por delegación de firma (decreto 4807/2011)

1ra. Teniente de Alcalde y delegada

Catalina Riera Mascaró