Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 3761
Expediente sancionador por infracción de la ordenanza municipal de policía y buen gobierno (5/2014)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 4/99 , de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se notifica Juan José Bonet Chinchilla el acuerdo tomado por la Junta de Gobierno Local de 29 de octubre de 2013 .
NOTIFICACIÓN
Antoni Tomás Gelabert, Secretario del Ayuntamiento de Bunyola , en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 192.2 del ROF , se le comunica el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de octubre de 2013 , que literalmente dice :
EXPEDIENTES SANCIONADORES ORDENANZA DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO.
Vista la denuncia formulada por la policía local en fecha 1 de septiembre de 2013 , el Sr. Juan José Bonet Chinchilla por incumplimiento de la ordenanza municipal de policía y buen gobierno aprobada por el Pleno de fecha 17 de marzo de 2003, por orinar en la vía pública
Visto que el artículo 148 de la citada ordenanza prohíbe hacer las necesidades fuera de los baños públicos o privados.
Resultando que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de una infracción muy grave sancionable con una multa de 90,00 €, de acuerdo con el anexo I de la ordenanza de Policía y Buen Gobierno.
Vistos los artículos reseñados anteriormente así como lo dispuesto en el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, así como el resto de disposiciones legales vigentes y aplicables para razón de la materia.
Dado que la competencia para la imposición de sanciones para este tipo de infracción contemplada en la Ordenanza municipal de policía y buen gobierno , corresponde a esta Alcaldía según establece el artículo 32, y teniendo en cuenta la delegación de competencias de esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto de Alcaldía 92/2011 de fecha 15 de junio de 2011.
La Junta de Gobierno Local acuerda :
1.- Iniciar un procedimiento administrativo sancionador simplificado contra el Sr. Juan José Bonet Chinchilla con DNI núm 43161138 -M, como presunto responsable de una infracción muy grave de la Ordenanza municipal de policía y buen gobierno por el hecho de orinar en la vía pública.
2.- Apercibir que se impondrá al Sr. Juan José Bonet Chinchilla una multa de 90,00 € de acuerdo con el anexo I de la Ordenanza municipal de policía y buen gobierno.
3.- Dar traslado del presente al interesado , advirtiéndole la que dispone de un plazo de 10 días hábiles desde la notificación para presentar las alegaciones , documentos o informaciones que estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que se pretenda valerse.
4.- De conformidad con lo previsto en el artículo 8.4 del Decreto 14 /1994, de 10 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora , en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo establecido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución en cuanto contenga un procedimiento preciso sobre la responsabilidad imputada.
Bunyola, 4 de Diciembre de 2013
EL SECRETARIO
Antoni Tomàs Gelabert
Bunyola, 28 de Febrero de 2014
EL ALCALDE
Jaume Isern Lladó