Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 3708
Notificación resolución alcaldia del 22/10/13 de caducidad de los expedientes 137/08 y 410/08
Puesto que no ha podido ser notificado a las personas interesadas en los domicilios que aparecen en los respectivos expedientes de el Área de Licencias de Obra, por el presente anuncio se notifica la resolución de Alcaldía de día 22 de octubre de 2013, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá una vez transcurrido un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En cuanto a la designación del Instructor y Secretario, podrá formular recusación contra las personas designadas, de acuerdo con lo que establece el art. 29 de la citada Ley 30/1992.
Texto de la resolución:
“Vistos los siguientes expedientes, cuya tramitación está paralizada por causa imputable a los interesados, ya que en el plazo de tres meses concedido de acuerdo con el art. 92 de la Ley 30/92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los interesados no han realizado ninguna actividad para retomar la tramitación.
Exp. 137/08. Petición del Sr. Tomasz Jozef Kaminski, en reír. Del Sr. Kevin Capbell Ivie, de licencia para reparar una pared de cerramiento en la Urb. La Font, parcela 52.
Exp. 410/08. Petición de la Sra. Elizabeth Brower de licencia para la reforma de la vivienda de la c/ Torrent de Can Botana, núm. 50.
HE RESUELTO
Primero. Declarar la caducidad de los expedientes señalados, con el archivo de las actuaciones.
Segundo. Notificar esta resolución a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero. Dar cuenta de ello al Servicio de Inspección Urbanística, a los efectos de formular la correspondiente denuncia y acta, si se da el caso de que las obras se hubieran realizado.
Lo que les comunico a los efectos oportunos.”
Pollença, 26 de febrero de 2014
El Alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia