Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 3669
Notificación de las resoluciones por las que se aprueba dar de baja a los clubes deportivos en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears
El 12 de diciembre de 2013 se publicó en el BOIB núm. 171 la notificación de los trámites de alegaciones relativos al inicio de los procedimientos de baja de clubes deportivos en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears, ya que, el Servicio de Correos había devuelto, por diferentes motivos, las notificaciones individuales efectuadas por la Dirección General de Deportes.
Según el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, en el “Boletín Oficial del Estado”, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que se proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó –en el caso que nos ocupa, el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Así pues, mediante este anuncio, y en aplicación del citado artículo, visto que no se han formulado alegaciones en el período establecido a tal efecto y teniendo en cuenta cómo se llevó a cabo la notificación en el trámite anterior, se notifica a las entidades deportivas que figuran en el anexo que el Consejero de Turismo y Deportes ha dictado las correspondientes resoluciones por las que se aprueba darlas de baja en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.
Se comunica a los interesados que contra estas Resoluciones -que agotan la vía administrativa –cabe la interposición de un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe la interposición directa de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Para conocer el contenido íntegro del acto, las entidades deportivas interesadas o sus representantes legales pueden comparecer en las oficinas de la Dirección General de Deportes, de la Consejería de Turismo y Deportes, sita en la calle Uruguay, s/n (Palma Arena), Palma, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Palma, 27 de febrero de 2014
El Director general de Deportes
Francisco Javier Morente López
ANEXO
EXPEDIENTE |
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