Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y TERRITORIO
Núm. 3639
Acuerdos de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, adoptados en sesión de día 28 de febrero de 2014, relativos a expedientes para la declaración de interés general de diversos términos municipales
"Examinado el expediente tramitado por el procedimiento de declaración de interés general establecido en el artículo 37 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Illes Balears que se detalla a continuación:
Expediente |
014/2013-IG |
Promotor |
(datos personales ocultos) |
Asunto |
legalización de un centro de telecomunicaciones |
Emplazamiento |
polígono 7, parcela 213 |
Municipio |
BUNYOLA |
Vista la solicitud de RED DE BANDA ANCHA DE ANDALUCÍA, S.A.U, AXIÓN y conforme con lo que dispone la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, con relación a la Ley 6/1997, de 6 de julio, de suelo rústico de las Illes Balears, esta Comisión Insular acuerda, de acuerdo con la propuesta de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, declarar la no necesidad de la previa declaración de interés general para que el ayuntamiento competente ejerza el correspondiente control de legalidad y, en consecuencia, otorgue, si procede, la licencia municipal. Todo eso, sin perjuicio de los informes y/o de las autorizaciones sectoriales cuya concurrencia sea preceptiva."
"Examinada la solicitud de declaración de interés general con el fin de iniciar el procedimiento establecido en el artículo 37 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Illes Balears que se detalla a continuación:
Expediente |
031/2011-IG |
Promotor |
(datos personales ocultos) |
Asunto |
establecimiento con servicio exclusivo de bebidas |
Emplazamiento |
polígono 18, parcela 11 |
Municipio |
SELVA |
Considerando que en fecha 11 de agosto de 2011, sobre la base de lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, se solicitó al promotor que aportara en un plazo no superior a quince días determinada documentación preceptiva a fin de que se pudiera iniciar la tramitación del expediente, y dado que ha transcurrido con creces el mencionado plazo sin que haya sido aportada, de conformidad con la propuesta de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo esta Comisión Insular acuerda, sobre la base de lo que dispone el mencionado artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, tener por desistido al interesado de la solicitud de declaración de interés general mencionada, procediendo en consecuencia a su archivo."
La publicación de estos acuerdos se hace a reserva de la aprobación del Acta.
Contra estos acuerdos, que no agotan la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno de este Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la presente publicación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a computar a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
Ello de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 3 de marzo de 2014
El secretario delegado de la Comisión Insular
de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Jaume Munar Fullana