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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2952
Procedimiento Ordinario 1584/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001584 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MARIA DOLORES MUÑOZ DE LA ROSA, IVAN GALLEGO MUÑOZ , DAVID LOPEZ BAUZA , MARIA CRISTINA ADROVER ALCARAZ , VANESA ARCOS FORTEZA , LORENZO ADROVER BAUZA , JOSE GALLARDO ALONSO  contra  EUROTURISTIC ILLES BALEARS 2009 SL,  EUROTURISTIC ILLES BALEARS SL  ,  FOGASA FOGASA  sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

                                                                                             F A L L O

 

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DOÑA MARÍA DOLORES MUÑOZ DE LAS ROSA (1), DON IVAN GALLEGO MUÑOZ (2), DON DAVID LÓPEZ BAUZÁ (3) DOÑA MARÍA CRISTINA ADROVER ALCARAZ (4) DOÑA VANESA ARCOS FORTEZA (5), DON LORENZO ADROVER BAUZÁ (6) DOÑA NICOLET RIQUELME ROBLES (7), DON JOSÉ GALLARDO ALONSO (8). DON ANTONIO ANGULO NAVARRO (9), DOÑA MARGALIDA SBERT ADROVER (10), y DOÑA MARITZA FABIOLA ROBLES CARREÑO (11), frente a EUROTURISTIC ILLES BALEARS, S.L., sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora las siguientes cantidades, mas el 30% de mora en el pago.:

 

 Nº                   CANTIDAD

1                       4.028,69

2                       3.386,67

3                       1.652,80

4                       1.581,24

5                       2.967,68

6                       6.689,06

7                       1.240,54

8                       4.203,16

9                       5.367,63              

10                     4.655,13

11                     1.640,51 €.

 

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo  ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 190 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO-00308650, en la cuenta de este Juzgado, Cta. 04660000681584/11  o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en la cuenta Nº  04660000651584/11, del referido banco,  presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y  el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos  requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Febrero de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL