Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 3591
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Extinción de la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de productos cerámicos de Tejar Balear SA.
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 5 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO
Que en fecha 30 de septiembre de 2013, los representantes de la empresa Tejar Balear SA solicitan la extinción de la autorización ambiental integrada otorgada el 23 de abril de 2008 por finalización del proceso productivo.
ACUERDA
1.La extinción de la autorización ambiental integrada otorgada a Tejar Balear SA por Resolución del Conseller de Medio Ambiente en fecha 23 de abril de 2008, por petición expresa del titular de la AAI.
2.Tejar Balear SA tendrá que remitir a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears y al Servicio de Residuos de la DG de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático el informe de situación en cuanto a la clausura de la actividad.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a haber recibido la notificación del acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 4 de diciembre de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato