Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS
Núm. 3503
Anuncio de notificación de la Orden Ministerial de 22/11/2013 actualizando el canon de la concesión administrativa otorgada por Orden Ministerial de 05/02/1952, para construcción de caseta varadero en un tramo de costa denominado Sant Elm, del término municipal de Andratx.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiendo resultado infructuosas las gestiones que se han realizado para efectuar a Dª. ANA ROCA ROSADO la notificación de la Orden Ministerial de 22 de noviembre de 2013 por la que se actualiza el canon de la concesión administrativa otorgada a su favor por Orden Ministerial de 05.02.1952, para construcción de caseta varadero en un tramo de costa de Sant Elm, del término municipal de Andratx (Mallorca-Illes Balears), se hace pública la notificación de dicha Orden Ministerial con la siguiente parte dispositiva:
“RESOLUCIÓN
Visto el expediente instruido por la Demarcación de Costas de este Departamento en Illes Balears sobre revisión del canon de la concesión otorgada por Orden Ministerial de 5 de febrero de 1952 a Dª. Ana Roca Rosado, para la construcción de una caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx, con una ocupación de cuarenta y tres (43) metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre.
ANTECEDENTES
I) Por Resolución de 5 de febrero de 1952 se otorgó a Dª. Ana Roca Rosado concesión para la construcción de una caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx.
II) De conformidad con la Resolución de otorgamiento y la OM de 30 de octubre de 1992, por la que se determina la cuantía del canon de ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, la Demarcación de Costas del Departamento en Illes Balears elaboró una propuesta de actualización del canon de la concesión de referencia, que le fue notificada al concesionario con fecha 7 de septiembre de 2010.
En esta propuesta, y de acuerdo con el valor de los terrenos según datos de la Gerencia del Catastro de Illes Balears, el nuevo canon ascendía a cuarenta y dos con ochenta y siete (42,87) euros por metro cuadrado y año. Actualizado el canon a la fecha actual el importe a abonar sería el siguiente:
- Superficie de ocupación: 43 m2
- Canon unitario en agosto de 2010: 42,87 €/m2 y año
- Variación del IPC entre agosto 2010 y mayo 2013: 7,4 %
- Canon unitario actualizado: 46,04 €/m2
- Canon total actualizado: 1.979,72 €/año
CONSIDERACIONES
Procede la revisión del canon, siendo los criterios establecidos para dicha revisión, conformes con lo estipulado en el 84 de la Ley 22/1988, de Costas.
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DEL MINISTRO, HA RESUELTO:
Actualizar el canon de ocupación del dominio público marítimo-terrestre de la concesión otorgada a Dª. Ana Roca Rosado regulada por Orden Ministerial de fecha 5 de febrero de 1952, cuyo importe, a partir de la recepción de esta notificación, será el de cuarenta y seis euros con cuatro céntimos (46,04 €) por año, por la superficie ocupada por la concesión destinada a caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx (Illes Balears).
El titular de la concesión abonará en el Tesoro Público, por semestres adelantados, el importe correspondiente al nuevo canon, debiendo presentar los correspondientes justificantes de pago en la Demarcación de Costas del Departamento en Illes Balears.
Este canon quedará actualizado anualmente, de forma automática, incrementando o minorando la base imponible utilizada para el cálculo inicial mediante la aplicación a la misma de la variación experimentada por el Índice General Nacional del sistema de Índices de Precios de Consumo en los últimos doce meses, según los datos publicados anteriores al primer día de cada nuevo año según lo establecido en el artículo 84 de la Ley 22/1988 de Costas.
El pago de esta tasa se acomodará a lo previsto en la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público (BOE 14 de julio de 1998), y disposiciones que la desarrollen.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no son Administraciones Públicas, podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante el Ministro de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. En el caso de que el recurso se limite a la fijación del canon o al valor de la base de dicho canon, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro, en el plazo de un (1) mes, o interponerse directamente reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en el plazo de un (1) mes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de que el recurso se limite exclusivamente a la fijación del canon o al valor de la base de dicho canon, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro, en el plazo de un (1) mes, o interponerse directamente reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en el plazo de un (1) mes.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.
Lo que se comunica para que por ese Servicio de Costas se notifique la presente resolución a los interesados en el expediente, debiendo remitirse a este Centro Directivo los acuses de recibo o los duplicados firmados que permitan tener constancia del recibo de las citadas notificaciones.
EL MINISTRO, P.D. (O.M. AAA/838/2012, de 20 de abril, BOE de 24 de abril de 2012) EL DIRECTOR GENERAL, Madrid, a 22 de noviembre de 2013, Fdo. Pablo Saavedra Inaraja.”
Palma, 26 de febrero de 2014
EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS,
Gabriel J. Pastor Mesana