Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 3518
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2014 de designación de los representantes de las Illes Balears en la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma
La configuración de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma no se ha visto alterada, ni en su composición ni en sus atribuciones, como consecuencia de las reformas sucesivas del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EAIB) —de 1994, de 1999 y la última, de 2007. Su régimen de funcionamiento tampoco ha sufrido ninguna modificación sustancial. Simplemente, cabe mencionar que, después de la reforma estatutaria de 1999 —que suprimió del texto del EAIB de 1983, entre otras, las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera—, la primigenia disposición transitoria cuarta —que regulaba el traspaso de servicios y la Comisión Mixta— pasó a numerarse, en aplicación del principio de ordenación sistemática de las normas, como disposición transitoria primera —tal como figura en la actualidad. Además, se aprovechó la ocasión para sustituir la expresión “traspaso de funciones y servicios” por “traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias” e incorporar la nueva denominación del diario oficial de la comunidad autónoma.
La disposición transitoria primera del EAIB —en el inciso final del apartado segundo— reconoce a la Comisión Mixta de Transferencias facultades de autonormación para regular su organización y funcionamiento. En desarrollo de este precepto estatutario y a propuesta de la misma Comisión Mixta, el Gobierno aprobó el Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio, sobre normas de traspaso de servicios del Estado y funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias. Posteriormente, el título IV de la Ley del Proceso Autonómico de 1983 —artículos 16 a 21— incidió en la regulación del traspaso de servicios, sin afectar, en los aspectos esenciales, a la regulación establecida en el mencionado Real Decreto.
Por expresa mención estatutaria —apartado segundo de la disposición transitoria primera—, la Comisión Mixta tiene carácter paritario, es decir, con igual número de miembros designados por el Gobierno de la nación y por el de la comunidad autónoma. Aunque el EAIB no dice nada sobre el número total de vocales de este órgano colegiado, el Real Decreto 1958/1983, en el primer párrafo del artículo 2, fija que serán diez miembros, además del presidente, los que formarán parte del mismo en representación del Gobierno de la nación y diez más, además del vicepresidente, en representación del Gobierno de las Illes Balears.
El artículo 2 del Real Decreto 1958/1983 determina la designación —directamente por la norma— del presidente de la Comisión, y lo hace por referencia al titular de un órgano administrativo: el que era, entonces, ministro de Administración Territorial, hoy ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. En cambio, para la designación del vicepresidente, la disposición en cuestión remite al nombramiento que, a este efecto, acuerde el Consejo de Gobierno de las Illes Balears.
Tal como establece el artículo 3 del Real Decreto 1958/1983, la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias se ejerce conjuntamente por un funcionario de la Administración del Estado y uno de la Administración de la Comunidad Autónoma, designados por la misma Comisión sobre las propuestas que formulan el presidente y el vicepresidente, respectivamente.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2012, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2012, se designaron a los vocales —titulares y suplentes— que tenían que formar parte de la Comisión Mixta de Transferencias en representación de las Illes Balears.
Sin embargo, dadas las novedades —de amplio alcance— introducidas en la composición del Gobierno y en la estructura orgánica básica y las competencias de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma el pasado mes de mayo, así como las propuestas de designación de miembros recibidas de los grupos del Parlamento de las Illes Balears, es necesario dejar sin efectos los mencionados acuerdos y dictar uno nuevo que se ajuste a los cambios producidos.
Por todo lo anterior, el Consejo de Gobierno, a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia, en su sesión de 28 de febrero de 2014 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Nombrar vicepresidente de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears al señor Antonio Gómez Pérez, vicepresidente y consejero de Presidencia del Gobierno de las Illes Balears.
Segundo. Nombrar vocales en la Comisión Mixta de Transferencias, en representación de las Illes Balears, a las siguientes personas:
Titular: José Vicente Marí Bosó, consejero de Hacienda y Presupuestos
Suplente: Joaquín García Martínez, consejero de Economía y Competitividad
Titular: Maria Núria Riera Martos, consejera de Administraciones Públicas
Suplente: Joana Maria Camps Bosch, consejera de Educación, Cultura y Universidades
Titular: Gabriel Company Bauzá, consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Suplente: Martí Sansaloni Oliver, consejero de Salud
Titular: Sandra Fernández Herranz, consejera de Familia y Servicios Sociales
Suplente: Jaime Martínez Llabrés, consejero de Turismo y Deportes
Titular: Antoni Costa Costa, director general de Presupuestos y Financiación
Suplente: Joan Mesquida Sampol, director general de Ordenación del Territorio
Titular: César Nuño Pacheco Cifuentes, director general de Relaciones Institucionales y Acción Exterior
Suplente: Pilar Cortés Samper, directora general de Coordinación del Gobierno
Titular: Santiago Tadeo Florit, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Suplente: Alejandro Sanz Benejam, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Titular: Francina Armengol i Socias, diputada al Parlamento de las Illes Balears
Suplente: Cosme Bonet i Bonet, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Titular: Vicenç Thomàs i Mulet, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Suplente: Pilar Costa i Serra, diputada al Parlamento de las Illes Balears
Titular: Joan Manel Martí i Llufriu, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Suplente: David Abril i Hervàs, diputado al Parlamento de las Illes Balears
Tercero. Proponer al Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma que ejerza el cargo de secretario de esta Comisión, en representación de las Illes Balears, el señor Vicente Juan Calafell Ferrá.
Cuarto. Proponer al Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma que, en los casos de ausencia, enfermedad, vacante o cualquier otro impedimento temporal del señor Vicente Juan Calafell Ferrá, lo sustituya en el cargo de secretario de la Comisión la señora Begoña de la Fuente Seguí.
Quinto. Dejar sin efectos el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2012 de designación de los representantes de las Illes Balears en la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2012.
Sexto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Séptimo. Disponer que este acuerdo tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 28 de febrero de 2014
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez