Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 3315
Anuncio de resolución de Presidencia decreto sancionador obras exp 4/2013
No habiendo sido posible la notificación personal al interesado en el domicilio indicado en el expediente y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal se procede a la publicación del presente anuncio de resolución emitida por el Vicepresidente primero y Presidente en funciones del Consell Insular de Formentera el día 10 de febrero de 2014.
Santiago Juan Juan , vicepresidente primero y presidente en funciones del Consell Insular de Formentera , Illes Balears .
Visto el expediente de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 11/2013 y expediente Sancionador 4/2013, incoado contra el Sr. (datos personales ocultos), como promotor, y contra el Sr. (datos personales ocultos), como constructor, por obras que se llevaron a cabo sin licencia en la Vénda desde Molí de s'Estany ***, consistentes en la
- Conversión de garaje / almacén en estudio.
- Aumento de altura y formación de nueva cubierta plana.
- Instalación de placas solares.
Dado que en fecha 20 de noviembre de 2013, se emite decreto ordenando la demolición de las obras denunciadas.
Vista la propuesta de sanción de día 27 de noviembre de 2013.
Vistas las alegaciones presentadas en fecha 5 de diciembre de 2013, en las que se menciona que se ha solicitado una licencia de obras menores.
Visto el decreto de Presidencia de 18 de diciembre de 2013, por el que se estiman parcialmente las alegaciones presentadas, en base al informe técnico de 12 de diciembre por el que se informa desfavorablemente de la concesión de la licencia, pero se informa que no se observa cambio de uso del trastero en estudio, rebajando consecuentemente el importe de la sanción.
En uso de las atribuciones legalmente conferidas,
HE RESUELTO
PRIMERO . - SANCIONAR, por la comisión de una infracción grave, según artículos 27.1 b) y 28.2 de la Ley 10/1990 de Disciplina, al SR. (datos personales ocultos), como constructor, y el SR. (datos personales ocultos), como constructor, con una multa a cada uno de ellos por importe de € 2.743,20 (dos mil setecientos cuarenta y tres euros con veinte céntimos) corrrespondiente al 50 % del valor de la obra ejecutada según artículo 45 de la misma ley. Los actos edificatorios sancionados son :
- Aumento de altura y formación de nueva cubierta plana .
- Instalación de placas solares.
SEGUNDO . - INFORMAR a los interesados que el plazo de pago voluntario es:
- Si la notificación del presente decreto se hace entre el día 1 y 15 del mes, tendrá de plazo hasta el 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.
- Si la notificación del presente decreto es entre el 16 y el último día del mes, tendrá de plazo hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil posterior.
TERCER.- INFORMAR a los interesados, que una vez transcurrido el plazo de pago voluntario sin que la deuda haya sido satisfecha, se hará un recargo del 20% y los intereses de demora correspondientes. El recargo será del 5% cuando la deuda sea satisfecho antes de que haya sido notificada la providencia de apremio, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley General Tributaria.
CUARTO.- INFORMAR a los interesados que el pago se puede hacer en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) C/Ramon Llull 6, San Francisco, con tarjeta de crédito, o mediante depósito bancario en las siguientes entidades:
- Sa Nostra ES59 0487 2113 14 2000003108
- La Caja ES29 2100 0187 11 0200000383
- Banca March ES78 0061 0032 58 0000010181
- Banco Sabadell 0081 1396 06 0001001505
- Banco Popular Español ES69 0075 6871 94 0602625618
QUINTO.- Notificar el presente a los interesados.
Formentera, a 19 de febrero de 2014
El Presidente,
Jaume Ferrer Ribas