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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3253
Sanidad.- Solares.- Notificación resolución exp. 103/12-S
Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación al siguiente titular: Sr. Luis de la Guerra Cox, en el domicilio que consta en el expediente nº 103/12 -S, no haber contestado a los avisos dejados, y/o no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación al expediente que se tramita en el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente como consecuencia de anomalías sanitarias ubicadas en un solar de esta Ciudad; esta Alcaldía, mediante Decretos ha resuelto:
Decreto de Alcaldía nº 21161 de 11 de diciembre de 2013 , relativo a la parcela ubicada en el Paraje Son Vida, (ref. catastral: polígono 4 parcela 9), de Palma. Exp. 103/12 – S.
1.- Luis de la Guerra Cox, con DNI 43.111.073B, que en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la notificación del presente Decreto, proceda a adoptar les medidas precisas para solucionar los hechos descritos en la parte expositiva de la resolución, en relación al expediente 103.01/12-S, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.3 de la vigente Ordenanza de limpieza para subsanar los hechos descritos en la parte expositiva de la resolución en relación al expediente 103.01/12-S, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.3 de la vigente Ordenanza de limpieza, desechos y residuos sólidos urbannos (BOIB nº 78 de 03.06.2004,) en virtud del cual los propietarios de los solares tienen la obligación de mantenerlos libres de desechos y residuos sólidos, en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornamento público, libre de ratas e insectos. 2.- Apercibir a Luis de la Guerra Cox, en caso de que no cumpliera lo que se le ha ordenado en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de este Excmo. Ayuntamiento, siendo los gastos a cargo de los denunciados y siendo responsable de los daños y perjuicios que puedan producirse. 3.- Comunicar por escrito a este Ayuntamiento la fecha de subsanación de las deficiencias observadas, al objeto de la oportuna comprobación.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la articulo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación no pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las Dependencias a que se refiere el artículo 38-4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el termino de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Palma, a 25 de febrero de 2014
LA JEFE DE DEPARTAMENTO
Rosa Llinás Bosch