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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3015
Procedimiento Ordinario 629/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 004 DE PALMA DE MALLORCA.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª RICARDO ALVAREZ MERA contra  FACHADAS CALVIA SL, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000629 /2012 (ACUMULADO AL EXP 09/12) se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a  FACHADAS CALVIA SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 24/3/2014 a las 10:45 horas, en C/TRAVESSA DEN BALLESTER - Sala 008, para la  celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

 Se transcribe aquí Auto de Acumulación:

“A U T O

 Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª  RICARDO MARTIN MARTIN

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Febrero de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este JDO. DE LO SOCIAL N. 4 se sigue el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000629 /2012 a instancia de RICARDO ALVAREZ MERA frente a  FACHADAS CALVIA SL.

SEGUNDO.- El Juzgado de lo Social JUZGADO SOCIAL 4 se acordó la acumulación de este procedimiento a los autos PO 9/12 reclamando la remisión del PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000629 /2012.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO/PRIMERO.- El art. 29 de la LPL permite acordar de oficio o a instancia de parte la acumulación de los autos, si en un mismo Juzgado o Tribunal se tramitan varias demandas frente a un mismo demandado, aunque los actores sean distintos, siempre y cuando se ejerciten idénticas acciones, lo que así ocurre en el presente caso.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Acceder a la acumulación solicitada, acordando la remisión de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000629 /2012 para su acumulación a los autos nº PO 9/12 que se tramitan en el Juzgado de lo Social JUZGADO SOCIAL 4.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 4 abierta en BANESTO, cuenta nº 0880-000-30-000912, debiendo indicar en el campo concepto "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.”

Y para que sirva de citación a  FACHADAS CALVIA SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Febrero de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL