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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 3180
Exp 39-12 per expediente animales peligrosos
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental, y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación del decreto de iniciación al interesado el SR. FRANCISCO JAVIER OCHOA CERRILLO de conformidad con lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, el escrito de fecha 9 de diciembre de 2013, ha dictado la siguiente Resolución:
“Conforme con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde en fecha 9 de diciembre de 2013, ha dictado la siguiente Resolución:
“Marratxí, 9 de diciembre de 2013
DECRETO DE INICIACION PARA LA DECLARACION DE CADUCIDAD DE LA LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
Puesto que, actualmente constan como caducadas las siguientes tarjetas por falta de renovación del correspondiente seguro:
- Licencia núm 293. Ochoa Cerrillo, Francisco Javier. Tarjeta caducada en fecha 07/07/2013. Exp 39/12 perill.
Puesto que por parte del Departamento de Medio Ambiente se ha comunicado al interesado la citada caducidad así como se ha ofrecido un plazo de QUINCE DIAS para proceder a subsanar las deficiencias.
Puesto que, una vez transcurrido el plazo citado no se han presentado alegaciones ni documentación de ningún tipo.
Puesto que, la licencia otorgada para la tenencia de animales potencialmente peligrosos a los citados propietarios pierde su vigencia en el momento en que los titulares dejen de cumplir cualquier de los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo en el cual se desarrolla el Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Ante la posibilidad de que se ha infringido el requisito de renovación de la tarjeta, se puede considerar como infracción MUY GRAVE del artículo 118.1.b) de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, y según el artículo 120 de la citada ordenanza municipal la sanción en este caso podria oscilar entre 2.400,01 a 15.000,00 euros.
Esta Alcaldia en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien en dictar la siguiente:
RESOLUCION
PRIMERO.- Acordar iniciar expediente de declaración de caducidad de las siguientes licencias:-Licencia núm 293. Ochoa Cerrillo, Francisco Javier
SEGUNDO.- Conceder a los señores antes citados un plazo de QUINCE (15) días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que reciba la notificación de este acuerdo, por citar las deficiencias detectadas; de no presentar el correspondiente recibo se declarará la caducidad de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos (art. 118.1.b) y 120 de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente)
TERCERO.- Comunicarlo a los interesados a los efectos necesarios.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde. Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.-“
Lo que le comunico para su conocimiento y cumplimiento del mismo. Marratxí, 9 de diciembre de 2013”
Marratxí, 12 de febrer de 2014
El Alcalde acctal
Xisco Ferrà Pizà