Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 1980
Procedimiento ordinario 386/2013 Sobre ordinario
D/Dª LORETO ARROYO ABAD, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000386 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CARLOS MARQUEZ GRANT contra la empresa OCEAN SKYJET CENTER, SLU, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente SENTENCIA, cuyo FALLO se adjunta:
FALLO
Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. CARLOS MARQUEZ GRNAT contra OCEAN SKY JET CENTRE SLU a quien condeno al abono de la cantidad de 9000 euros, más el 10% por ciento de interés de mora.
Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles de que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley de Procedimiento Laboral, cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado dentro de los CINCO DIAS siguientes a la notificación de la presente resolución, debiendo, en el caso de que la demandada sea la recurrente consignar en la cuenta 0493/0000/60/0386/13 del banesto la cantidad objeto de condena y en la cuenta 0493/0000/65/0386/13 del Banesto la cantidad de 150,25 €. Firme que sea procedase al archivo de las actuaciones previa nota en los libros de registro correspondientes.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada OCEAN SKYJET CENTER, SLU , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a cuatro de Febrero de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL