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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2972
Juicio verbal 563/2012 Sobre otras materias

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

ASUNTO: Juicio VERBAL 563/2012

SENTENCIA Nº 129/2013

En la ciudad de Palma de Mallorca,  martes  2 de julio de 2013.

Vistos por mí, Doña Catalina Asela Munar Fons, Juez Sustituta en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de esta ciudad y su partido, los autos de juicio de VERBAL 563/2012, a instancia del Procurador D. Francisco Tortilla Tugores, en nombre representación de  ISCAPALMA SA, defendida por el Letrado D.   Carlos Nadal Aguirre, contra D. MIGUEL FUSTER FORTEZA Y D. JUAN MANUEL VIVES GARCÍA, ambos declarados en rebeldía, EN NOMBRE DE S. M. EL REY se acuerda la presente resolución.

FALLO

QUE ESTIMANDO EN SU  ÍNTEGRIDAD la demanda interpuesta por, ISCAPALMA SA contra D. MIGUEL FUSTER FORTEZA Y D. JUAN MANUEL VIVES GARCÍA, ambos declarados en rebeldía:

DEBO CONDENAR Y CONDENO A LOS DEMANDADOS, EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADORES SOLIDARIOS DE MAMIROFU SL , AL PAGO A LA ACTORA DE LA CANTIDAD DE CINCO MIL CIENTO SIETE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (5.107’99 EUROS) MÁS LOS INTERESES, COSTAS Y GASTOS CAUSADOS EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 632/2008 ACTUALMENTE TRANSFORMADO EN EL ETJ 1127/2011, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE MANACOR (ANTES MIXTO Nº 1), QUE DEBERÁN SER LIQUIDADOS Y TASADOS JUDICIALMENTE EN EL REFERIDO JUZGADO.

CON EXPRESA IMPOSICIÓN DE LAS COSTAS DEL PRESENTE a la parte demandada.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma CABE interponer RECURSO DE APELACION, en ambos efectos, que conforme al artículo 458 de la LEC (tras su redacción por la LEY 37/2011 DE 10 DE OCTUBRE, “DE MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL” que entró en vigor el 2 de noviembre de 2011 conforme indica su Disposición Final Tercera -a los 20 días de su publicación en el BOE nº 245, de 11 de octubre de 2011-, y en consonancia con su Transitoria Única), SE PRESENTARÁ DIRECTAMENTE ANTE ESTE JUZGADO EN EL PLAZO DE VEINTE DIAS contados a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución (SIN LA “PREPARACIÓN PREVIA” del artículo 457, NORMATIVA DEROGADA), en el que se deberá exponer las alegaciones en que basen la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan,  para su posterior sustanciación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Para su interposición será necesario acompañar el resguardo de 50 euros exigido por la Disposición Adicional 15ª de la LO 1/2009 de 3 de noviembre, sin cuyo requisito no se le dará trámite.

Así lo acuerda, manda y firma Dña. Catalina Asela Munar Fons, Juez Sustituta del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el Libro de Sentencias.

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la dicto estando celebrado en audiencia pública, el mismo día de su pronunciamiento, ante mí doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de MIGUEL FUSTER FORTEZA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

PALMA DE MALLORCA a trece de febrero de 2014.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL