Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 3084
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 20de febrero de 2014 por la cual se establecen el procedimiento para evaluar la tarea desarrollada por los directores de centros docentes públicos no universitarios que finalizan el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2014 y el procedimiento para optar a continuar en el cargo por un nuevo periodo
El día 30 de junio de 2014 finaliza el periodo de ejercicio del cargo de los directores de centros docentes públicos de las Islas Baleares que fueron nombrados en fecha 1 de julio de 2010 por un periodo de cuatro años mediante la Resolución del director general de Personal Docente de 4 de julio de 2010 (BOIB nº. 104, de 13 de julio), de acuerdo con el procedimiento selectivo regulado en la Resolución de la consejero de Educación y Cultura de 25 de febrero de 2010 (BOIB nº. 34, de 2 de marzo).
De conformidad con el que prevé el apartado 2 del artículo 136 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), los directores pueden optar por continuar en el ejercicio del cargo hasta completar un total de tres periodos consecutivos (doce años), si al final de cada periodo la tarea que han desarrollado es evaluada positivamente. Mediante la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 (BOIB nº. 30, de 23 de febrero, y corrección de errores publicada en el BOIB nº. 33, de 27 de febrero), se aprobaron las bases que rigen la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares. Esta normativa se tiene que aplicar de acuerdo con las directrices de organización y funcionamiento de los centros derivadas de la entrada en vigor de la LOMCE.
El artículo 139.2 de la LOE determina que los directores tienen que ser evaluados al acabar el periodo de ejercicio de su cargo. De acuerdo con el artículo 151 de la misma LOE, corresponde a la inspección educativa supervisar la función directiva y colaborar en su mejora continua. En concordancia con este precepto, el artículo 3 del Decreto 36/2001, de 9 de marzo, por el cual se regula la Inspección Educativa en el ámbito de la enseñanza no universitaria, ratifica esta función. En este marco, y de acuerdo con el artículo 15 de la Orden de 18 de febrero de 2010, la Inspección Educativa es la encargada de evaluar la tarea llevada a cabo por los directores al final del periodo de ejercicio de su cargo.
El artículo 136.2 de la LOE determina que los criterios y los procedimientos de evaluación tienen que ser públicos. El artículo 7 del Decreto 81/2004, de 17 de septiembre, que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico del ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Islas Baleares, establece los criterios para evaluar el ejercicio del cargo de director en centros docentes públicos no universitarios.
De acuerdo con lo que se ha expuesto anteriormente, es necesario establecer el procedimiento de evaluación de los directores de centros docentes públicos que finalizan el periodo de ejercicio de su cargo el 30 de junio de 2014 y el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares.
Por todo eso, de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Establecer el procedimiento que se tiene que seguir para evaluar a los directores de centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares que acaban el periodo de ejercicio de su cargo el 30 de junio de 2014 y quieren optar a continuar ejerciéndolo por un nuevo periodo, así como el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar. Estos procedimientos aparecen descritos en el anexo 1 de esta Resolución.
Segundo
Hacer públicos la relación de centros concernidos por esta Resolución (anexo 2) y los criterios de evaluación de la función directiva que se tienen que aplicar (anexo 3).
Tercero
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y determinar que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición, de conformidad con lo que prevé el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de haber-se publicado en el BOIB, o un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 20 de febrero de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch
ANEXO 1
Bases que tienen que regir el procedimiento
1. Objeto
Esta Resolución tiene por objeto fijar el procedimiento de evaluación de los directores de los centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares que figuran en el anexo 2 y el procedimiento que tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares.
El nombramiento por este nuevo periodo de ejercicio del cargo de director está condicionado a la evaluación positiva de la tarea desarrollada durante el mandato anterior.
2. Procedimiento de evaluación
El Departamento de Inspección Educativa tiene que evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros que figuran en el anexo 2 de esta Resolución de acuerdo con los criterios de evaluación que se incluyen en el anexo 3 en el plazo de 60 días naturales contadores desde el día siguiente de haber-se publicado esta Resolución.
El jefe del Departamento de Inspección Educativa tiene que designar a los inspectores responsables de la evaluación de cada director y tiene que comunicar el nombre a los interesados. El inspector responsable puede contar con la colaboración de otros inspectores del Departamento para llevar a cabo las actuaciones derivadas del procedimiento.
En el procedimiento de evaluación se tiene que disponer necesariamente de:
Finalmente, el Departamento de Inspección Educativa tiene que emitir un informe motivado con la calificación global de la evaluación, positiva o negativa, que se tiene que enviar al director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos.
3. Comunicación de la opción de continuar en el cargo
Los directores de los centros docentes públicos que figuran en el anexo 2 disponen de un plazo de 15 días naturales contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución para comunicar la opción de continuar ejerciendo el cargo por un nuevo periodo de cuatro años.
Esta comunicación se tiene que hacer mediante el modelo que figura en el anexo 4 de esta Resolución y que se encuentra también a la página web <http://dgplacen.caib.es>.
4. Propuesta de actualización del proyecto de dirección
4.1 Los directores que hayan optado por continuar en el cargo tienen que elaborar la propuesta de actualización de su proyecto de dirección y lo tienen que remitir al Departamento de Inspección Educativa en el plazo de 30 días naturales contadores desde el día siguiente de haber-se publicado esta Resolución.
4.2 De acuerdo con lo que establece el artículo 14.3 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010, la propuesta de actualización del proyecto de dirección tiene que incluir al menos una valoración relativa a la consecución de los objetivos planteados en el proyecto anterior, una propuesta de mejora y, si en todo caso, el planteamiento de nuevos objetivos para el periodo siguiente.
4.3 El director tiene que dar a conocer la actualización de su proyecto de dirección en el consejo escolar en la primera reunión de este órgano que se convoque.
4.4 El proyecto de dirección tendrá vigencia durante el nuevo periodo de ejercicio del cargo.
5. Lugar de presentación de la documentación
Tanto la comunicación de la opción de continuar en el cargo como la propuesta de actualización del proyecto de dirección se tienen que presentar al Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades (c. de Alfons el Magnànim, 29, de Palma).
También se pueden presentar a los registros de las delegaciones territoriales de Menorca y de Eivissa y Formentera, o en el de cualquiera de las dependencias en que hace referencia el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Si la documentación se presenta en una oficina de Correos, se deben de poner dentro de un sobre abierto para que el funcionario la pueda fechar y sellar antes de certificarla.
Los candidatos que opten por presentar la documentación en alguna dependencia que no sea de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades tienen que remitir una copia registrada a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos. La copia se tiene que enviar por fax (nº. 971 78 46 25) dentro de los plazos para presentar la comunicación de la opción de continuar en el cargo y la propuesta de actualización del proyecto de dirección establecidos, respectivamente, en los puntos tercero y cuarto de esta Resolución.
6. Nombramiento por un nuevo periodo
Corresponde al director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos dictar la resolución de nombramiento, con efectos desde el 1 de julio de 2014 y por un periodo de cuatro años, a los directores que hayan obtenido una calificación global positiva en la evaluación.
ANEXO 2
Relación de centros en que el director finaliza el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2014 y puede optar a continuar ejerciéndolo
Centros de educación infantil y primaria
Codi |
Centre |
Municipi |
Illa |
---|---|---|---|
07002774 |
CEIP AINA MOLL I MARQUÈS |
PALMA |
MALLORCA |
07004321 |
CEIP ANSELM TURMEDA |
PALMA |
MALLORCA |
07004345 |
CEIP ARIANY |
ARIANY |
MALLORCA |
07008041 |
CEIP BADIES |
LLUCMAJOR |
MALLORCA |
07004758 |
CEIP CAN BRIL |
SENCELLES |
MALLORCA |
07007814 |
CEIP CAN CANTÓ |
EIVISSA |
EIVISSA |
07013127 |
CEIP CAS CAPISCOL |
PALMA |
MALLORCA |
07006962 |
CEIP CERVANTES |
SANT ANTONI DE PORTMANY |
EIVISSA |
07007085 |
CEIP COLÒNIA DE SANT JORDI |
SES SALINES |
MALLORCA |
07001642 |
CEIP DURAN ESTRANY |
LLUBÍ |
MALLORCA |
07001174 |
CEIP EL PILAR |
FORMENTERA |
FORMENTERA |
07005261 |
CEIP ELEONOR BOSCH |
SANTA MARGALIDA |
MALLORCA |
07007231 |
CEIP ELS MOLINS |
ANDRATX |
MALLORCA |
07005933 |
CEIP ES PIL·LARÍ |
PALMA |
MALLORCA |
07006691 |
CEIP ES PONT |
PALMA |
MALLORCA |
07004795 |
CEIP ES VEDRÀ |
SANT JOSEP DE SA TALAIA |
EIVISSA |
07002932 |
CEIP ES VIVERO |
PALMA |
MALLORCA |
07004503 |
CEIP ESCOLA NOVA |
PORRERES |
MALLORCA |
07008788 |
CEIP FORNALUTX |
FORNALUTX |
MALLORCA |
07002397 |
CEIP GABRIEL JANER MANILA |
MARRATXÍ |
MALLORCA |
07003900 |
CEIP GABRIEL VALLSECA |
PALMA |
MALLORCA |
07000534 |
CEIP GALATZÓ |
CALVIÀ |
MALLORCA |
07002750 |
CEIP GÈNOVA |
PALMA |
MALLORCA |
07003250 |
CEIP JAFUDÀ CRESQUES |
PALMA |
MALLORCA |
07006809 |
CEIP JAUME I |
CALVIÀ |
MALLORCA |
07000790 |
CEIP JOAN BENEJAM |
CIUTADELLA |
MENORCA |
07002348 |
CEIP MARIA DE LA SALUT |
MARIA DE LA SALUT |
MALLORCA |
07003791 |
CEIP MÀXIM ALOMAR JOSA |
PALMA |
MALLORCA |
07002919 |
CEIP MIQUEL COSTA I LLOBERA |
PALMA |
MALLORCA |
07013644 |
CEIP MIQUEL DURAN I SAURINA |
INCA |
MALLORCA |
07007361 |
CEIP NORAI |
ALCÚDIA |
MALLORCA |
07000388 |
CEIP NOSTRA SRA. DE ROBINES |
BINISSALEM |
MALLORCA |
07001575 |
CEIP PONENT |
INCA |
MALLORCA |
07005091 |
CEIP PUIG D’EN VALLS |
SANTA EULÀRIA DES RIU |
EIVISSA |
07007048 |
CEIP PUIG DE SA GINESTA |
CALVIÀ |
MALLORCA |
07007310 |
CEIP PUNTA DE N’AMER |
SANT LLORENÇ DES CARDASSAR |
MALLORCA |
07005982 |
CEIP RAFAL NOU |
PALMA |
MALLORCA |
07003213 |
CEIP RAFAL VELL |
PALMA |
MALLORCA |
07001745 |
CEIP REI JAUME III |
LLUCMAJOR |
MALLORCA |
07001681 |
CEIP S’ALGAR |
LLUCMAJOR |
MALLORCA |
07000716 |
CEIP S’ALZINAR |
CAPDEPERA |
MALLORCA |
07001307 |
CEIP SA BODEGA |
EIVISSA |
EIVISSA |
07001277 |
CEIP SA GRADUADA |
EIVISSA |
EIVISSA |
07004163 |
CEIP SA INDIOTERIA |
PALMA |
MALLORCA |
07013553 |
CEIP SA MARINA DE LLUCMAJOR |
LLUCMAJOR |
MALLORCA |
07007784 |
CEIP SANT DOMINGO |
SANTANYÍ |
MALLORCA |
07006706 |
CEIP SANT MATEU DE BAIX |
SANT ANTONI DE PORTMANY |
EIVISSA |
07002853 |
CEIP SANTA ISABEL |
PALMA |
MALLORCA |
07006937 |
CEIP SANTA MARIA DEL MAR |
SANTANYÍ |
MALLORCA |
07006861 |
CEIP SON ANGLADA |
PALMA |
MALLORCA |
07002968 |
CEIP SON CANALS |
PALMA |
MALLORCA |
07002683 |
CEIP SON FERRIOL |
PALMA |
MALLORCA |
07004862 |
CEIP SON JUNY |
SANT JOAN |
MALLORCA |
07008031 |
CEIP TALAIOT |
MANACOR |
MALLORCA |
07007887 |
CEIP TRESORER CLADERA |
SA POBLA |
MALLORCA |
Institutos de educación secundaria
Codi |
Centre |
Municipi |
Illa |
---|---|---|---|
07007851 |
IES ALCÚDIA |
ALCÚDIA |
MALLORCA |
07007930 |
IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR |
PALMA |
MALLORCA |
07007942 |
IES AURORA PICORNELL |
PALMA |
MALLORCA |
07008341 |
IES CAPDEPERA |
CAPDEPERA |
MALLORCA |
07013383 |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA ILLES BALEARS |
PALMA |
MALLORCA |
07008843 |
IES CLARA HAMMERL |
POLLENÇA |
MALLORCA |
07006470 |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
POLLENÇA |
MALLORCA |
07006512 |
IES GUILLEM SAGRERA |
PALMA |
MALLORCA |
07007152 |
IES JOAN MARIA THOMÀS |
PALMA |
MALLORCA |
07002191 |
IES MOSSÈN ALCOVER |
MANACOR |
MALLORCA |
07013371 |
IES PORTO CRISTO |
MANACOR |
MALLORCA |
07008065 |
IES S’ARENAL |
LLUCMAJOR |
MALLORCA |
07006299 |
IES SA BLANCA DONA |
EIVISSA |
EIVISSA |
07003845 |
IES SON PACS |
PALMA |
MALLORCA |
Centros de Enseñanza de personas adultas
Codi |
Centre |
Municipi |
Illa |
---|---|---|---|
07008247 |
CEPA ALCÚDIA |
ALCÚDIA |
MALLORCA |
07008235 |
CEPA CALVIÀ |
CALVIÀ |
MALLORCA |
07008223 |
CEPA CAMP RODÓ |
PALMA |
MALLORCA |
07007671 |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
INCA |
MALLORCA |
07007693 |
CEPA LA BALANGUERA |
PALMA |
MALLORCA |
07006998 |
CEPA SON CANALS |
PALMA |
MALLORCA |
Escuelas oficiales de idiomas
Codi |
Centre |
Municipi |
Illa |
---|---|---|---|
07007191 |
ESCOLA OFICIAL D’IDIOMES DE PALMA |
PALMA |
MALLORCA |
Conservatorios de música y danza
Codi |
Centre |
Municipi |
Illa |
---|---|---|---|
7006810 |
CONSERVATORI PROFESSIONAL DE MÚSICA I DANSA DE MALLORCA |
PALMA |
MALLORCA |
ANEXO 3
Criterios de evaluación de la función directiva
ANEXO 4
Opción de continuar en el ejercicio del cargo directivo
DATOS PERSONALES
Apellidos y nombre:
|
DNI: |
|
Domicilio:
|
CP |
|
Localidad:
|
Municipio: |
Teléfono: |
Director / Directora del
Centro:
|
Localidad: |
EXPONGO:
Por eso, de acuerdo con el artículo 14 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010,
OPTO a continuar en el ejercicio del cargo por un nuevo periodo consecutivo de cuatro años.
___________________________, ____ d ______________ de 2014
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS Y RECURSOS HUMANOS. DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN