Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3062
Resolución del director general del Servicio de Salud de las lslas Baleares, de 3 de febrero de 2014, por la que se emplaza a las personas interesadas en el Recurso Contencioso-Administrativo, Procedimiento Abreviado n.º 0000001/2014 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Palma
Antecedentes
El señor Antonio Bellver Julia interpuso un recurso contencioso-administrativo (procedimiento abreviado 0000001/2014, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Palma) contra: la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de 4 de octubre de 2013, por la que se desestima recurso de reposición frente al Acto Administrativo, de fecha 26 de marzo de 2013, por el que se le notifica el cese de su nombramiento como Médico de Admisión y Documentación Clínica, dictado como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 8 de febrero de 2013, por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos que integra el personal de la Gerencia del Complejo Hospitalario de Mallorca en los Servicios Centrales y en las gerencias territoriales del Servicio de Salud” (BOIB 21/2013, de 12 de febrero). En el mencionado “Plan” se establece la amortización de plazas ocupadas en la situación de promoción interna temporal.
Consideraciones jurídicas
1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo (autos n. º 0000001/2014, que se siguen por el Procedimiento Abreviado seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Palma) para que puedan personarse como demandadas ante este tribunal en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido se las considerará como parte —sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento seguirá y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.
Palma, a 3 de febrero de 2014
El director general
Miquel Tomàs Gelabert