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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 3025
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas de 19 de febrero de 2014, por la que se ordena la publicación de una nueva lista definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas para el ingreso, por turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se hace pública la relación de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación, a raíz de la estimación de un recurso contencioso administrativo.

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Texto

Antecedentes

1.- Mediante Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre de 2006).

2.- Una vez finalizadas las pruebas mencionadas, se publicó en el BOIB núm. 48, de 31 de marzo de 2007, la Resolución del consejero de Interior por la cual se ordenaba la publicación de las listas de personas aspirantes que habían superado, entre otras, las pruebas selectivas para el ingreso en la especialidad de técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3.- El 20 de septiembre de 2007, la consejera de Interior dictó Resolución por la cual se desestimó el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Antonio Pedraza Bagur contra la valoración de los méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas; Resolución contra la cual el Sr. Pedraza interpuso recurso en vía contenciosa administrativa.

4.- El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dicta la sentencia núm. 143 de 4 de marzo de 2012 (exp. 831/2007) por la cual se estima el recurso contencioso administrativo y se declaran inadecuados al ordenamiento jurídico los actos administrativos impugnados que se declaran nulos, y se acuerda la retroacción de las actuaciones en el momento anterior a la baremación de los méritos de los aspirantes.

5.- La Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo dicta la sentencia de 4 de marzo de 2013, la cual desestima el recurso de casación 2587/2011, interpuesto por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears i confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia.

6.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas citadas, en ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, ha valorado nuevamente los méritos de las personas que superaron la fase de oposición, en los términos de los fundamentos de la sentencia, y ha elevado a la consejera de Administraciones Públicas una nueva lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas para el ingreso por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas.

Fundamentos de derecho

1.- Los artículos 34 y 36 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2.- Las  bases 14 y 15 de la Resolución del consejero de Interior de 2 de agosto de 2005, per la cual se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario previstas en la oferta de ocupación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2005 (BOIB núm. 121, de 16 de agosto de 2005).

3.- La base 12 de la Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006, por la cual se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el turno libre y por el turno de promoción interna modalidad horizontal i/o transversal, y se aprueban las bases específicas, los temarios y los ejercicios que deben regir el proceso selectivo (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre de 2006).

Propuesta de resolución

Vistos los hechos y fundamentos de derecho expuestos y de conformidad con los preceptos legales y el art. 16.c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; de acuerdo con las competencias que atribuye el art. 6 de la Ley 3/2007, de función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, propongo a la consejera de Administraciones Públicas que dicte una Resolución en los términos siguientes: 

1.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la nueva lista definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas per Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006 (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre), lista que figura en el anexo I de esta Resolución.

2.- Publicar y ofrecer al Sr. Antonio Pedraza Bagur el puesto de trabajo vacante denominado inspector/a de Turismo, código F00910002, adscrito a la Dirección General de Turismo (Palma) de la Consejería de Turismo y Deportes, al efecto de solicitar su destinación y proceder a su adjudicación.

3.- Otorgar un plazo de 20 días naturales al Sr. Antonio Pedraza Bagur para que presente la siguiente documentación en el Registre General de la Consejería de Administraciones Públicas y elija el puesto de trabajo ofrecido cumplimentando el modelo que se adjunta como anexo 3 de esta Resolución:

a.- Fotocopia compulsada del título académico exigido en la convocatoria o de la certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b.- Declaración jurada o promesa de no haber estado separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que facilitará la Escuela Balear de Administración Pública y que se adjunta a esta Resolución como anexo 2.

c.- Certificado médico, en modelo oficial acreditativo, de no padecer ninguna enfermedad o limitación física o psíquica que impida el ejercicio normal de las funciones de la categoría a la que se accede.

4.- Si la persona interesada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, excepto casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente constatados y, si procede, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si del examen de esta se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrada funcionaria y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justícia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolució en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Marratxí, 19 de febrero de 2014

El director general de Función Pública,
Administraciones Públicas y  Calidad de los Servicios

Antoni Mesquida Bauzá

Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La consejera de Administraciones Públicas
M. Núria Riera Martos.

 

ANEXO I

Lista definitiva de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas  de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

DNI

Apellidos, nombre

Total

Posición

41737587

PEDRAZA BAGUR, ANTONI

56,115

1

 
 
 
ANEXO 2

Declaración jurada ___________________________________________________________________________________________­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­ con DNI ____________________________, al haber superado las pruebas selectivas para el ingreso en el CUERPO FACULTATIVO TÉCNICO, ESPECIALIDAD TÉCNICO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,

DECLARO

Que, de acuerdo con lo que dispone la base 15.1.b) de la Resolución del consejero de Interior de 2 de agosto de 2005 (BOIB núm. 121, de 16 de agosto), por la cual se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario previstas en la oferta de ocupación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2005, no he sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni me encuentro inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

___________________, ______ d____________ de 2014

 

[firma]

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