Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2359
Juicio de Faltas 411/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de autos a MARIA DEL CARMEN VILA BESTARD y que es del tenor siguiente.
PALMA DE MALLORCA.-SENTENCIA: 00480/2013.
JUZGADO INSTRUCCIÓN.- NUMERO DIEZ.-PALMA DE MALLORCA .
Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 411 /2013 .
SENTENCIA 348/13 .
En PALMA DE MALLORCA a veinte de Junio de dos mil trece.-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 411 /2013, seguida por una falta de Incumplimiento Obligaciones Familiares contra MARIA CARMEN VILA BESTARD habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal .
FALLO
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a MARIA CARMEN VILA BESTARD, como autora responsable de una falta de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FAMILIARES a la pena de UN MES MULTA con una cuota diaria de 6 Euros y con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas ; y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.Así por ésta mi sentenciA lo pronuncio mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a MARIA DEL CARMEN VILA BESTARD, expido el presente Edicto en PALMA DE MALLORCA a 28 de Enero de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL