Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2818
Participación Ciudadana - Acuerdo Junta de Gobierno denegar solicitud subvención AV Bons Aires Arxiduc
La Junta de Gobierno en sesión de dia 20 de noviembre de 2013 adoptó el siguiente acuerdo:
1-DENEGAR la solicitud de subvención presentada con fecha de 24 de junio de 2013 y número de RGE 127199, por la l’Associació de Veïns Bons Aires Arxiduc, con CIF G-57154965, debido a que se encuentra incursa en un procedimiento de reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo que verificó la comisión de valoración reunida el día 17 de octubre de 2013, en relación con las Bases de la convocatoria de subvenciones para el año 2013, aprobadas por la Junta de Gobierno en fecha 15 de mayo del mismo año, y modificadas por acuerdo de la Junta de Gobierno en fecha 9 de octubre de 2013.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso contencioso administrativo de acuerdo con los artículos 109 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, de bases del régimen local y 45 y siguientes de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación. Todo esto sin perjuicio de cualquier otra acción que consideren pertinente.
Palma, 19 de febrero de 2014
El Jefe de Departamento de Participación Ciutadana
Rafael Calle Castañeda