Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2817
Participación Ciudadana - Reintegro subvenciones Lineas A y B 2011 AVV Son Gibert
El 22 de noviembre de 2013 la Teniente de Alcalde del Área de Comercio, Trabajo, Juventud y Participación Ciudadana, dictó con el número 20171 el siguiente Decreto:
1- Iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención de de 3.629,20 € correspondiente a la línea A y 2.369,99 € correspondiente a la línea B (5.999,19 €), en concepto de gastos pendientes de justificar, correspondiente a la subvención concedida en base a la Convocatoria pública de subvenciones de Participación Ciudadana para el año 2011, a la AVV Son Gibert, con CIF G-07981137 y domicilio en la c. Plataner núm. 3, cp. 07008, de Palma.
Contra esta resolución, que finaliza la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición frente al mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el articulo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se deberá de presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el articulo 38.4 de la Ley 30/1092, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificada la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará finalizada la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el articulo antes mencionado y los arts 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Le informamos que de acuerdo con la instrucción de Alcaldía de 22 de julio de 2011, puede ejercer su derecho de opción lingüística y solicitar recibir las futuras notificaciones de este procedimiento, si se dictan, en castellano.
Palma, 19/02/2014
El Jefe de Departamento de Participación Ciutadana
Rafael Calle Castañeda