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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 2736
Notificación otorgamiento de licencia de obra menor exp. 76/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que aparece en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica a la Sra. (datos personales ocultos) (datos personales ocultos) (datos personales ocultos) (datos personales ocultos)que la Alcaldía, por delegación de firma, ha dictado la siguiente resolución:

“ Por la presente se reitera la notificación que le fue remitida en fecha 19 de mayo de 2011, ya que no tenemos constancia que la haya recibido , la que literalmente dice lo siguiente:

DETALLE DE LA SOLICITUD:

  1. Núm. de RGE : 2011002433, de 22 de febrero de 2011
  2. Ubicación : POLÍGONO 23- PARCELA 344
  3. Detalle de las obras: Cercar la parcela con pared de mares de 20 cm uniendo con cimiento Pórtland 120m².
  4. Promotor: (datos personales ocultos)

FECHA DECRETO (De acuerdo con el decreto de Alcaldía núm. 552/2009, de 25 de febrero, de delegación de firma): 10 de mayo de 2011. Condicionado que el cerramiento se situará a no menos de 3 metros medidos de la arista exterior a la explanada de la carretera MA-14 y fuera de la zona de Dominio Público.

 CONDICIONES DE LA AUTORIZACIÓN

1.  No se autorizan mas obras que las expresadas.

2. El plazo de ejecución de las obras queda fijado en SEIS MESES.

3. La licencia de obras caducará por éstos motivos : a) no haber pagado las tasas de la liquidación; b) por renuncia del solicitante; c) por no haber empezado las obras en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de comunicación de licencia al peticionario; d) por no tenerla acabada en el plazo de ejecución fijado en la concesión de la licencia o prórroga justificada; e) por haber infringido las condiciones impuestas en la autorización o licencia y las determinadas en las Ordenanzas Municipales; y f) por haberse comprobado falsedad o errores inadmisibles en los datos aportados por le peticionario al solicitar la licencia.

4. Se observarán las prescripciones generales y especiales contenidas en las Ordenanzas Municipales y el resto de aplicación general.

5. Se observará especialmente lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora de la construcción en el Término Municipal de Manacor durante la temporada alta de verano.

6. En la construcción y renovación de aceras se ajustará en cuanto a materiales, alineaciones y rasantes a lo que señale la Administración.

7. El titular de la licencia tendrá que comunicar al Ayuntamiento, por escrito la finalización de las obras.

8. La concesión de esta licencia no significa, en ningún caso, autorización para instalar actividades molestas, nocivas o peligrosas.

9. Si resultase necesario ocupar la vía público por motivo de ejecución de las obras, previamente se tendrá que formular la correspondiente solicitud ante la Policía Local y llevarla a cabo de acuerdo con las condiciones con que se autorice.

10. La liquidación correspondiente a la presente licencia la forman los siguientes CONCEPTOS CONTRIBUTIVOS:

10.1  Impuesto de construcciones, instalaciones y obras

Valoración de las obras 3.500,00 Tipo 2,85€ Total.....................................................99,75

10.2  Tasa de licencia urbanística. Total.......................................................................26,25

SUMA TOTAL..........................................................................................................126,00€

RECURSOS CONTRA LA LICENCIA:

De conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Manacor en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la resolución, ya que, de acuerdo con el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, las resoluciones administrativas que se adopten por delegación de entenderán dictadas por el órgano delegante, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el primero no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo, para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si se ha optado por interponer recurso de reposición potestativo , será de dos meses, contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiese resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de fecha en se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.

RECURSOS CONTRA LA LIQUIDACIÓN:

Contra la presente resolución, puede interponer ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con el Art. 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, 5 de marzo, recurso de reposición en el plazo de un mes contados del día siguiente al de la notificación, el cual se entenderá desestimado si no se notifica la resolución en el transcurso de un mes a contar des de la interposición del recurso.El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma de Mallorca, será de dos meses, a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar des de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen  Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Art. 194 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

 

Manacor, 12 de febrero de 2014

 

El alcalde,

por delegación de firma (decret 4807/2011)

1er. Tinent de batle i delegada

 Catalina Riera Mascaró