Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2246
Procedimiento ordinario 204/2012 Sobre otras materias
En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:
En Palma de Mallorca, a 24 de octubre de dos mil trece.
Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens
Demandante: JAIAK BALEARES S.L.U., AGILITY CARPAS S.L..
Abogado: D. Miguel Guillem Ramis
Procurador: Dª. Mª del Carmen Gayà Font
Demandado: D. HELMUT SPIKKER, NWA NETWORK WORLD ALLIANCE Gmbh (en rebeldía)
Abogado: D. Tomás Vaquer Domenech
Procurador: Dª. Monserrat Montané Ponce
Objeto del juicio: Demanda de reclamación de cantidad por cumplimiento contractual.
FALLO
Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por Doña María del Carmen Gayà Font, Procurador de los Tribunales, obrando en nombre y representación de JAIAK BALEARES S.L.U y AGILITY CARPAS S.L. contra D. HELMUT SPIKKER y debo CONDENAR y CONDENO al sr. Spikker a que abone a la primera entidad la cantidad de 7.120,10 euros y a la segunda la cantidad de 11.977,20 euros, cantidades que devengarán el interés legal desde la interposición de la demanda (29 de febrero de 2012) hasta la presente resolución y el interés procesal del art. 576 LEC, condenando al demandado al pago de las costas procesales.
ABSOLVER a la codemandada NWA Network World Alliance Gmbh de las pretensiones subsidiarias ejercitadas en su contra, sin imposición de costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación que deberá interponerse dentro de VEINTE días a contar desde la notificación de la misma, por escrito que habrá de presentarse en este Juzgado en el que se expondrán las alegaciones en las que se base la impugnación, previa consignación del depósito de 50 euros previsto en la DA 15ª LOPJ.
Así, por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firma, Dª Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.
Y, para que sirva de notificación por rebeldía e ignorado paradero de NWA NETWORK WORLD ALLIANCE Gmbh, se expide la presente en PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Febrero de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,