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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2049
Ejecución de títulos no judiciales 288/2013

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Texto

D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000288/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ANTONIO GONZALEZ LIRIA contra la empresa ATILLA EFETURK,  AVANTI PLAZA ESPAÑA SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dispone:

Se decreta el embargo de bienes propiedad de la ejecutada ATILLA EFETURK,  AVANTI PLAZA ESPAÑA SL  por un importe de 4906,16 euros, más 1000 euros calculados provisionalmente para costas e intereses.

Se decreta el embargo telemático sobre los ingresos que se produzcan en la c/c de las parte ejecutadas, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes en las entidades bancarias ;  depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculadas. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Se decreta el embargo y precinto de los vehículos matrícula 7514DPC propiedad de la ejecutada.

Remítase oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico del lugar de su  matriculación para anotación del embargo y precinto acordados, solicitándose igualmente datos relativos a marca y modelo.

Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.

Se decreta el embargo de las transmisiones de valores, cuyo declarante consta como POPULAR BOLSA SOCIEDAD DE VALORES SA, BANCO POPULAR ESPAÑOL SA,  propiedad de eferturk atilla. Se acuerda recabar de las bases de datos disponibles en este Juzgado el domicilio y CIF. de la citada empresa para llevar a efecto la traba acordada.

Se decreta el embargo del plan de pensiones EUROPOPULAR CAPITAL, cuyo declarante es EUROPOPULAR CAPITAL F.P EN CONSTITUCION y titular ATILLA EFERTURK.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Enero de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL