Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 771
Ejecución de títulos judiciales 151/2013
D/Dª LORETO ARROYO ABAD, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000151 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ROBERTO BAILO TORNERO contra la empresa DORKI PREMIUM, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Declarar extinguida con efectos del día de la fecha la relación laboral que unía a D/ña. ROBERTO BAILO TORNERO con la empresa DORKI PREMIUM, SL, condenando a ésta a que abone a aquel/lla la/s cantidad/des siguientes:
NOMBRE TRABAJADOR: D ROBERTO BAILO TORNERO
INDEMNIZACIÓN: 1.708 euros
SALARIOS: 26.876,88 euros
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en 0493-0000-64-0151-13, cuenta nº 0493-0000-64-0151-13, debiendo indicar en el campo concepto "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a diecinueve de Diciembre de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL