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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1184
Juicio de Faltas 512/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a MARC CAMPS BARNIOL la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

 “SENTENCIA    

En PALMA DE MALLORCA a veinticuatro de Octubre de dos mil trece.

D./Dña.  MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTÍ, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción NÚM. DIEZ, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000512 /2013, seguida por una  falta de FALTA ESTAFA,APROP.INDEBIDA Y OTRAS DEFRAUDACIONES contra MARC CAMPS BARNIOL habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y 

FALLO

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a MARC CAMPS BARNIOL, como autor responsable de una falta de ESTAFA a la pena de un mes multa a razón de 3 euros diarios, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas  y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a la Gasolinera Fegasol en la cantidad de 14’28 euros y al pago de las costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”

En PALMA DE MALLORCA a 15 de Enero de 2014.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL