Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 2248
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Hacienda y Función pública por la que se aprueba la lista definitiva de aspirante seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de médico, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca y publicada en el BOIB número 139, de día 10 de octubre de 2013
La consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública ha dictado, en fecha de hoy, la siguiente resolución:
“1. El artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, en materia de nombramiento de funcionarios interinos y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 4 del Decreto 30/2009 de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de funcionarios interinos al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, cuando se agote una bolsa, no haya ninguna anterior que disponga de aspirantes y se prevea la necesidad de cobertura de vacantes per a diferentes escalas, clases o categorías, se deberá hacer una convocatoria pública de concurso para constituir una nueva bolsa con los aspirantes que superen el nivel mínimo exigido, ordenados de acuerdo con el baremo establecido.
2. Vista la propuesta de la Junta Calificadora de fecha 9 de enero 2014 de aprobación del listado provisional de méritos de los aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de médico, realizada como consecuencia de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 1 de octubre de 2013 (BOIB núm.139, de día 10 de octubre de 2014).
3. En fecha 13 de enero del aspirante Alicia Yllas Moreno solicita revisar la puntuación otorgada y adjunta nueva documentación para el baremo de méritos.
En fecha 27 de enero de 2014 la Junta revisa de oficio y considera correcta la valoración realizada. De acuerdo con la base 2 del anexo II de la convocatoria, no se admiten los méritos que han sido presentados una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, por lo que la Junta desestima y no valora esta documentación.
RESUELVO
Primero.- Aprobar, de conformidad con la propuesta efectuada por la Junta Calificadora, la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de médico con la puntuación obtenida y el número de orden de prelación.
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APELLIDOS Y NOMBRE |
PUNTUACIÓN |
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17160505K |
Giménez Herrero, José Benigno |
24,00 |
49696164H |
Alhalabi Alhalabi, Mohamed |
23,00 |
43063227M |
Fraile Oliver, Rocío |
17,60 |
46535202S |
Carpio Rebull, Lidia |
15,03 |
78198950P |
Fiol Reynés, Joan |
12,72 |
72358286X |
Rodríguez Dichico, Gastón Pablo |
5,01 |
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Segundo.- Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de les Illes Balears y se expondrá al público en el tablón de edictos del edificio de la Llar de la Infancia y a efecto informativo, en la página web del Consell de Mallorca, para el conocimiento de les personas interesadas.
Tercero.- Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer el recurso de alzada delante de la Presidencia del Consell de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOIB.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, cualquier otro recurso que se crea pertinente. Todo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
Palma, 28 de enero de 2014
EL SECRETARIO TÉCNICO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
(Por delegación según resolución de 7/09/12)
Matias Veñy Orell