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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 2192
Acuerdo Plenario del Consell Insular de Eivissa de delegación de competencia del Ple del Consell Insular en la Comisión de Gobierno para el establecimiento y modificación de los precios públicos

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Texto

Se hace público que el Pleno ordinario del Consell Insular de Eivissa, en sesión de día 27 de enero de 2013, aprobó por unanimidad (12), la propuesta del tenor siguiente:

 

“ASUNTO: Delegación de competencia del Pleno del Consell Insular en la Comissón de Gobierno para el establecimiento y modificación de los precios públicos.

Visto el informe propuesta emitido por la jefa de sección del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio de fecha 14 de enero de 2014, con la conformidad de la Secretaria Técnica del Área de Presidencia, del siguiente tenor literal:

“Vistas las competencias que el Consell Insular de Eivissa tiene conferidas en materia de cultura, emanadas de la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consells insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes.

Visto que en fecha 4 de agosto de 2005 el Pleno del Consell Insular de Eivissa y Formentera acordó la delegación de la competencia de establecimiento y modificación de los precios públicos de las publicaciones editadas por el Consell Insular y visto que en esta legislatura no se ha tomado ningún acuerdo que confirme esta delegación de competencias.

De conformidad con el artículo 41 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y en especial el artículo 47.1 del mismo real decreto legislativo, que prevé que “el establecimiento o modificación de los precios públicos corresponderá al Pleno de la corporación, sin perjuicio de las facultades de delegación en la Comisión de Gobierno, conforme al artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local”.

Visto el Decreto de Presidencia núm. 232/2013 de modificación del Decreto núm. 600/2011 de estructura del Gobierno del Consell Insular de Eivissa, que dispone que “El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas i culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico monumental. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.”

Vista la conveniencia de delegar en la Comisión de Gobierno la competencia de establecer o de modificar los precios públicos para la prestación de servicios o para la realización de las actividades de la competencia de este Departamento de ’Educación, Cultura y Patrimonio, atendiendo a criterios prácticos y de eficacia, la jefa de sección suscribe la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO para elevarla al órgano competente:

PRIMERO.- Delegar en la Comisión de Gobierno la competencia para e establecimiento o la modificación de los precios públicos para la prestación de servicios o para la realización de actividades emanadas de las competencias conferidas al Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio.

SEGUNDO.- Publicar este acuerdo en el BOIB, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 13.3 y 52.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.”

 

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas como consellera ejecutiva por el Decreto 605/2011 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa, elevo al Pleno la siguiente PROPUESTA:

PRIMERO.- Delegar en la Comisión de Gobierno la competencia para el establecimiento o la modificación de los precios públicos para la prestación de servicios o para la realización de actividades emanadas de les competencias conferidas al Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio.

SEGUNDO.- Publicar este acuerdo en el BOIB, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 13.3 y 52.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.”

 

Eivissa, 4 de febrero de 2014

 

La Secretaria Tècnica del Área de Presidència

Rebeca Miguel Climent