Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES
Núm. 2141
Resolución del secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales de 4 de febrero de 2014 por la que se delega la competencia para ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de los documentos emanados en el ámbito de las competencias de la Consejería
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Antecedentes
1. En la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los secretarios generales tienen la competencia para ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de los documentos emanados en el ámbito de las competencias de su consejería, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears.
2. Mediante la Resolución de la consejera de Familia y Servicios Sociales de 29 de julio de 2013, se designó al Sr. Guillermo Sánchez Cifre, secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales, como usuario remitente para hacer los envíos al Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Mediante la Resolución del secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales de 30 de julio de 2013, que se publicó en el BOIB núm. 108, de 3 de agosto de 2013, se delegó la competencia para ordenar la inserción en el BOIB de los documentos emanados en el ámbito de las competencias de la Consejería en las siguientes personas: Maria Isabel Fuster Ferrer i Fernando Toll-Messía Gil.
4. Diversas razones de eficacia y agilidad administrativa hacen aconsejable ampliar la delegación mencionada anteriormente en la persona de Isabel Oliver Payeras.
Consideraciones jurídicas
1. El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears.
2. La Orden del consejero de Presidencia de 30 de julio de 2012 por la que se regula el procedimiento de remisión telemática de los documentos que hayan de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Delegar la competencia para ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de los documentos emanados en el ámbito de las competencias de la Consejería de Familia y Servicios Sociales, indistintamente, en las siguientes personas:
— Maria Isabel Fuster Ferrer
— Fernando Toll-Messía Gil
— Isabel Oliver Payeras
2. Disponer que esta delegación debe entenderse sin perjuicio de las potestades de revocación y advocación que corresponden al órgano delegante.
3. Disponer que los actos administrativos que se adopten por delegación deben indicar expresamente esta circunstancia, con la especificación del órgano que delega y la referencia de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
4. Establecer que la vigencia de esta Resolución no se verá afectada por los cambios de titularidad de los órganos administrativos que se puedan producir.
5. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears, momento a partir del cual producirá efectos.
6. Dejar sin efecto la Resolución del secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales de 30 de julio de 2013 por la que se delega la competencia para ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de los documentos emanados en el ámbito de las competencias de la Consejería.
Palma, 4 de febrero de 2014
El secretario general
Guillermo Sánchez Cifre