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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 1722
Decreto de Alcaldía núm. 285, 286, 390, 392, 393 y 416 de días 1 de agosto, 25 de octubre y 12 de noviembre de 2013. Denuncia de vehículos por abandono en diferentes vías públicas del término municipal

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Texto

Intentadas sin efecto las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, al no haber podido tener lugar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo a los interesados que se relacionan, se procede en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –BOE de 27 de noviembre- a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Esporles, de la presente propuesta de resolución.

“DECRETOS DE ALCALDÍA: Núm. 285, 286, 390, 392, 393 y 416 DE FECHAS 01 DE AGOSTO, 25 DE OCTUBRE Y 12 DE NOVIEMBRE DE 2013”

Visto que por parte de los agentes de la Policía Local, se ha procedido a la denuncia de vehículos al final relacionados presuntamente por estar abandonados en distintas vías públicas del término municipal, y

Resultando: Que de acuerdo a lo establecido en la Ley 11/99 que modifica el Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, modificado por la Ley 5/97, de 24 de marzo, en lo relativo a la determinación del estado de abandono de los vehículos, se establece que “se presumirá racionalmente su abandono en los siguientes casos”:

A) Cuando transcurra más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado tras su retirada de la vía pública por la autoridad competente.

B) Cuando se encuentre estacionado por un tiempo superior a un mes en el mismo sitio y presente desperfectos que hagan imposible el desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación”.

Resultando: Que sobre la base de lo establecido en el Art.3º B) de la Ley 10/98 de residuos, se entiende que el vehículo abandonado es un residuo sólido urbano, otorgando el Art.4.3 de la misma ley competencia a las entidades locales para la gestión de éstos.

Considerando: Que estos se encuentran en el supuesto anteriormente citado.

Esta Alcaldía, a la vista de los hechos señalados y en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, RESUELVE:

El tratamiento como residuo sólido urbano de los vehículos que a continuación se relacionan.

Notificar resolución a los titulares de los vehículos cuyos datos son conocidos, otorgando a los titulares de los mismos, basándose en lo establecido en el Art.40.1 de la Ley 10/98 de Residuos, un plazo de 15 días desde la fecha de recepción de la notificación, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes.

Considerar abandonados y no identificados a los vehículos contenidos en la siguiente relación sin matrícula o que no figuren en el registro central de vehículos de la Jefatura Provincial de Tráfico y, por tanto, residuo sólido urbano.

Si no está de acuerdo con el contenido del decreto  dispone de un plazo de 15 días contando desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, para alegar todo aquello que considere conveniente, para su defensa y para proponer las pruebas que crea oportunas.

Si en plazo de 15 días no procede a su retirada o no recibimos noticias suyas de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/99 de 21 de Abril, de modificación  de la Ley  reguladora de las Bases de Régimen Local, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en su Art.2.º, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, iniciándose el correspondiente expediente sancionador en base al Art. 34.3 de la Ley 10/98 de residuos.

Las alegaciones deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidos al Alcalde responsable de las Áreas de Policía, Reg. Interno y Seguridad Ciudadana, e indicando sus datos personales, domicilio, fecha, número de decreto y matrícula de vehículo.

Todo ello sin perjuicio de los débitos que se hayan contraído con la Hacienda Municipal u otros organismos oficiales a los que deberá hacer frente el titular del vehículo.

 

DECRETO NUM.

MARCA

MODELO

MATRICULA

1

285

VOLKSWAGEN

GOLF

2241-BVB

2

286

RENAULT

MEGANE

IB-7060-CJ

3

390

FORD

EXPLORER

1040-GNL

4

392

ROVER

RANGE

IB-9555-CS

5

393

CHEVROLET

MATIZ

9681-DNC

6

416

SUZUKI

SAMURAI

IB-5305-BZ

7

 

 

 

 

8

 

 

 

 

9

 

 

 

 

10

 

 

 

 

11

 

 

 

 

 

Esporles, a 13 de desembre de 2013

 

El alcalde

Miquel Ensenyat Riutort