Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 1713
Constitución bolsa de trabajo de educador/a-monitor/a para el Departamento de Cultura
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Por Decreto de Alcaldía de 24 de enero de 2014 se ha resuelto el siguiente:
“DECRET
Antecedentes
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido, el 23 de enero de 2014, mediante anuncio publicado el mismo día, el tribunal calificador de la convocatoria de una bolsa de trabajo de educador/a-monitor/a para el Departamento de Cultura aprobada por Decreto de Alcaldía de 8 de noviembre de 2013, propone a la Alcaldía la constitución definitiva de la citada bolsa de trabajo.
En consecuencia,
RESUELVO:
1. Aprobar, según la propuesta definitiva efectuada por el tribunal calificador nombrado al efecto, la composición final de la bolsa de trabajo de educador/a-monitor/a para el Departamento de Cultura, convocada por Decreto de Alcaldía de 8 de noviembre de 2013, y que queda con el orden de prelación siguiente:
| Núm. |
ASPIRANTES |
TOTAL |
|---|---|---|
| 1. |
43 214 845 F |
22,600 |
| 2. |
43 137 059 F |
22,287 |
| 3. |
43 109 958 T |
21,100 |
| 4. |
18 222 801 Q |
21,000 |
| 5. |
41 571 843 X |
19,250 |
| 6. |
41 524 754 W |
18,300 |
| 7. |
41 570 254 P |
18,150 |
| 8. |
41 520 885 C |
15,662 |
| 9. |
78 214 170 W |
14,750 |
| 10. |
41 519 121 G |
14,650 |
| 11. |
41 456 568 B |
14,500 |
| 12. |
37 336 322 P |
14,140 |
| 13. |
41 539 225 Y |
12,650 |
2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios, en el BOIB y en la página web de este Ayuntamiento.
De conformidad con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, a contar del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contenciosos Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a esta notificación.
Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso administrativo si se ha optado por interponer el recurso de reposición potestativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiese resolución expresa el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Todo eso sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno”.
Manacor, 24 de enero de 2014
El Alcalde,
por delegación de firma (decreto 4807/2011)
1ra. Teniente de Alcalde y delegada
Catalina Riera Mascaró