Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 1642
Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos de día 17 de enero por la cual se nombra a la directora del IES Santa Maria, del término municipal de Santa Maria del Camí.
Antecedentes
1.El Decreto 43/2011 de 29 de abril de 2011, creó el IES Santa Maria, de Sta. Maria del Camí (BOIB nº. 67 de 5 de mayo).
2.A la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 23 de marzo de 2012 (BOIB nº. 46, de 26 de marzo) se dispuso la puesta en funcionamiento del IES Santa Maria en el término municipal de Santa Maria del Camí, con código de centro 07014909.
3.Durante los cursos 2011-2012 y 2012-2013, con carácter extraordinario y mientras los dos centros compartían los espacios, los cargos unipersonales de gobierno del centro han sido los mismos que los del IES Sant Marçal.
4.Iniciado el curso escolar 2013-2014 se hará efectiva la separación de los dos centros: el IES Sant Marçal se ubicará definitivamente en un nuevo edificio situado en la calle Pere Sureda, Pintor, nº. 6 en el municipio de Marratxí; por lo tanto hay que nombrar un nuevo equipo directivo para el IES Santa Maria.
5.El Departamento de Inspección Educativa el mes de enero de 2014, emitió un informe proponiendo a la Sra. Maria del Camí Bover Ripoll como directora del IES Santa Maria.
Fundamentos de derecho
1.El artículo 137 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece que el nombramiento extraordinario podrá ser por un periodo máximo de cuatro años.
2.El cumplimiento estricto de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 por la cual se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares, en cuanto al periodo de nombramiento implicaría que el cese del equipo directivo nombrado se produciría el 20 de enero de 2016, durante el curso escolar, lo cual podría ser totalmente desaconsejable desde el punto vista organizativo del centro.
3.De acuerdo con el artículo 18.2 de la Orden del consejero de educación y cultura de 18 de febrero de 2010 la directora tiene que enviar la propuesta de nombramiento de los cargos de jefe de estudios y secretario al director General de Planificación y Centros.
4.En cuanto a la competencia para nombrar y/o aceptar renuncia de cargos de equipos directivos, se tiene que conjugar lo que dispone el artículo 16.2 del Orden mencionada con la actual estructura orgánica establecida en el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Así, es competente para nombrar y/o aceptar renuncias de cargos directivos, el director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos.
5.El Decreto 43/2011, de 29 de abril, por el cual se crea el IES Santa Maria, de Santa Maria del Camí.
6.La Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 23 de marzo de 2012, por la cual se dispone la puesta en funcionamiento del IES Santa Maria en el término municipal de Santa Maria del Camí.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1.Nombrar a la Sra. Maria del Camí Bover Ripoll directora del centro IES Santa Maria, del término municipal de Santa Maria del Camí, de forma extraordinaria desde el día 20 de enero de 2014 hasta el día 20 de enero de 2016, sin perjuicio que, llegada la finalización de su mandato y teniendo en cuenta que éste finaliza durante el curso escolar, se pueda prorrogar hasta el día 30 de junio de 2016, por razones organizativas y previo informe favorable del Departamento de Inspección Educativa sobre la tarea desarrollada.
2 Informar a la nueva directora, que debe enviar la propuesta de nombramiento de los cargos de jefe de estudios y secretario, a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos con el fin de ser aceptados.
3. Notificar esta Resolución a la directora del centro.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de haber-se publicado esta Resolución, de acuerdo con lo que establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
Palma, 17 de enero de 2014
El director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos
Bartolomé Isern Lladó