Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1612
Departamento de Personal. Registro de Personal e Informática. Acuerdo condiciones generales de trabajo de la Unidad de Vigilancia Medioambiental - Patrulla Verde.
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 30 de diciembre de 2013, se aprobó lo siguiente:
Primero.- Aprobar el documento de definición de las funciones, condiciones y provisión, del puesto de trabajo de Coordinador de la Sección de Talleres de la Policía Local, incorporándolo en la Relación de puestos de trabajo.
El documento mencionado se adjunta como anexo al presente acuerdo.
Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 15 de enero de 2014
Jefe de Departamento de Personal
Juan García Lliteras
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA UNIDAD DE VIGILANCIA MEDIOAMBIENTAL-PATRULLA VERDE (UVMA)
Según nuestro marco legal es función principal de esta policía local velar por el cumplimiento de nuestras Ordenanzas Municipales, aunque esta función específica es una tarea de todos y cada uno de sus miembros y en la práctica queda difuminada como competencia genérica y tal vez superada por otros trabajos.
No hay que olvidar que esta policía local también tiene como objetivo mejorar la convivencia ciudadana con la aplicación de las Ordenanzas Municipales y se aprovecha la presente instrucción para plasmar sus objetivos y funciones.
A la vez se intenta mejorar la coordinación con los diferentes negociados municipales, así como con el servicio de policía de barrio y otras unidades policiales, sirviendo además como puente entre la policía de barrio y otros organismos municipales.
Por lo tanto, como parte de la reestructuración que se está haciendo por la Jefatura de esta Policía Local, los mandos encargados se han dado cuenta de la necesidad de que esta reestructuración vaya emparejada con la adecuación a la de otras secciones que, de forma transversal, tienen relación directa con el funcionamiento de las nuevas unidades y la actual potenciación de la intervención y presencia policial en la calle.
Mediante esta instrucción de servicio las funciones operativas y la plantilla de la sección que se regulaban en las IS 92/2002 y IS 184/2011 y también con el nuevo acuerdo de regulación de las condiciones de trabajo, horarios y condiciones económicas de todos los componentes de la sección aprobadas por la mesa general de negociación en fecha 22 de enero de 2013, quedan refundidos en un nuevo y único texto.
1.-MISIÓN
Mejorar la convivencia y la seguridad ciudadana, velando por el cumplimiento de las ordenanzas municipales
2.-FUNCIONES
2.1.-Áreas de control en materia del DEPARTAMENT DE SALUT
Residuos sólidos urbanos e industriales. Control de vertederos ilegales.
Contaminación acústica. (Mediciones y coordinación zonas acústicamente contaminadas (ZAC)
Ejecución y coordinación de campañas veraniegas de control de locales y actividades de ocio.
Práctica de notificaciones urgentes o especiales.
Comprobaciones de condiciones higiénico-sanitarias de solares y viviendas.
Control de animales de compañía.
Plan de calidad integral de playas.
Otras funciones pactadas con el departamento de sanidad.
Centralizar las relaciones entre la policía local y los diferentes negociados municipales.
2.2.-Áreas de control en materia de SANIDAD CONSUMO y SALUD
Actividades que fabriquen, vendan, manipulen o distribuyan alimentos.
Mercados fijos y temporales. Colaboración con todos los mercados municipales.
Venta ambulante.
2.3.-Áreas de control en materia de URBANISMO.
SERVICIO DE LICENCIAS DE ACTIVIDADES.
Comprobar la veracidad de las denuncias de las actividades por cualquier tipo de molestias.
Campañas de inspecciones de actividades.
Práctica de notificaciones urgentes o especiales a las actividades.
Colaboración con las inspecciones de los técnicos municipales.
Campañas de aforos de las actividades.
Otras funciones marcadas por el servicio.
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA.
Control suspensión de obras ilegales.
Colaboración y materialización de ejecuciones subsidiarias.
Práctica de notificaciones urgentes o especiales.
Inspecciones de obras. Colaboración con celadores de obras.
SERVICIO DE PROTECCIÓN DE LA EDIFICACIÓN.
Colaboración y materialización ejecuciones subsidiarias.
Práctica de notificaciones urgentes o especiales.
Control de medidas de seguridad.
Notificaciones urgentes.
2.4.-Seguridad Ciudadana
Actuaciones conjuntas con GAP, UII, USEI y policía de barrio.
Operativos FOCOS programados con el CNP.
Acciones preventivas con carteristas.
Consumo y venta de de alcohol y sustancias prohibidas según la normativa vigente.
Actuar en primera instancia ante delitos ecológicos y urbanísticos.
2.5.-Gobierno Interior
Campañas de ocupación vía pública.
Vigilancia mercados temporales.
2.6.-Participación Ciudadana
Colaboración con los principales acontecimientos: Rua, Feria de abril, San Sebastián, etc…
3.-PROCEDIMIENTOS
Mediante protocolos estandarizados, se incidirá activamente con campañas anunciadas, realizadas y transmitidas empleando estrategias de comunicación coordinadas con el resto de departamentos municipales afectados, comisión de policía, urbanismo y medio ambiente (PUMA)
El marco de referencia será en todo momento el punto 2 de esta I.S.
4.-COORDINACIÓN
Patrulla Verde coordinará la actuación con los diferentes negociados municipales, EMAYA, así como con el servicio de policía de barrio y el resto de unidades policiales.
5.-FORMACIÓN
5.1 Los policías de nuevo ingreso a la sección y que no tengan la acreditación de inspector Sonométrico, tendrán inexcusablemente que obtenerlo en el primer curso que se realice en el EBAP o en la escuela del Ayuntamiento de Palma.
6.- CRITERIOS PARA El ACCESO DE LOS MIEMBROS DE LA UVMA-PV
6.1 Comisiones de valoraciones
6.1.1 Comisión de valoración de la escala básica
Para la cobertura de vacantes de la escala básica, la Concejalía del área de Seguridad Ciudadana nombrará la comisión de valoración siguiente:
•Presidente: El comisario de la CPC.
•Vocales: El mando operativo de la escala ejecutiva de la patrulla verde y 1 miembro de la escalera básica de la unidad.
•Secretario/a
6.1.2 Comisión de valoración de la escala ejecutiva
Para la cobertura de vacantes de la escala ejecutiva, la Concejalía del área de Seguridad Ciudadana nombrará la comisión de valoración siguiente:
•Presidente: El comisario de la CPC.
•Vocales: Dos miembros de la escala ejecutiva P.L.
•Secretario/a
6.2 Criterios de selección para vacantes o cambios de destino de la escala básica
Los aspirantes para acceder a la Patrulla Verde tendrán que superar el proceso de selección que se detalla a continuación.
La puntuación de los aspirantes será el resultado de la fórmula: a1+a2+a3+b1+b2+c, siempre que hayan superado la nota mínima en cada una de las pruebas.
Los aspirantes que no consigan obtener ninguna de las plazas convocadas pero que hayan aprobado, permanecerán en un bolsín establecido al efecto y con una vigencia de 2 años, por si se produce alguna vacante.
6.2.1. Conocimientos técnicos – profesionales (a)
-Prueba objetiva “a1”: conocimientos teóricos relacionados con la PV, la cual consistirá en 10 preguntas tipo test, con 4 respuestas posibles donde se tendrá que obtener una valoración mínima de 5 sobre 10, sobre un temario relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo que incluirá la convocatoria de provisión y sobre el contenido de los impresos en vigor.
-Prueba objetiva “a2”: conocimientos prácticos relacionados con la vigente normativa autonómica y local. Consistirá con la resolución de un supuesto práctico y/o llenar algún/os de los impreso/s específicos de la PV, en la cual se tendrá que obtener una valoración mínima de 5 sobre 10.
-Experiencia profesional “a3”: Estar destinado o haber sido destinado a la unidad de PV-UVMA en cualquier categoría: 0,5 puntos por mes de permanencia o fracción, con un máximo de 6 puntos
Total de puntos máximos del apartado:26
6.2.2. Valoración genérica y específica de méritos (b)
Sin perjuicio de las reglas de valoración que se detallan a continuación, y en orden al desempeño de la denominada “carrera profesional” que se regula en el Estatuto Básico del Empleado Público. L 7/2007, y después de estructurar una línea de formación académica en orden a las diferentes especializaciones policiales, se hace constar que una vez creada y estructurada esta, la valoración de méritos para el acceso a las denominadas unidades especializadas de la Policía Local de Palma, se realizará según un concurso específico que estará directamente vinculado a las líneas de formación específicas que a cada una de las denominadas unidades especializadas se determine.
-Valoración genérica (b1): se valorará según el anexo II del Decreto 67/2007, de 7 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento marco de medidas urgentes de las policías locales de las Islas Baleares. La puntuación máxima que se puede conseguir con los méritos aportados será de 54 puntos.
-Valoración específica (b2): Se valorarán los cursos directamente relacionados con la tarea de la Patrulla Verde (IS 092/2002), tanto los impartidos por organismos oficiales como los llevados a cabo por EMF o el EBAP (este apartado se valorará con un máximo de 8 puntos):
-El hecho de estar en posesión de la habilitación como inspector sonométrico del Ayuntamiento de Palma, se valorará con 4 puntos.
-Si se dispone del curso de inspector sonométrico del EBAP (no específico por Palma) se valorará con 0’80 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 10 horas y menos de 20 se valorará con 0’40 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 20 horas y menos de 40 se valorará con 0’80 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 40 horas y menos de 60 se valorará con 1’20 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 60 horas se valorará con 1’60 puntos.
6.2.3. Entrevista personal (c)
Coordinada por la comisión de valoración, será puntuada de forma objetiva. Estructurada en 10 (diez) preguntas; 5 (cinco) preguntas realizadas por el comisario de la Comisaría de la cual depende la Patrulla Verde y 5 (cinco) por el mando de la patrulla verde. Las preguntas serán idénticas para todos los aspirantes. Cada pregunta estará valorada con 1 punto como máximo sin posibilidad de debate entre los entrevistadores. Resultando de la misma prueba una puntuación máxima de 10 (diez) puntos siendo necesario la obtención de un cinco para ser apto.
6.3 Criterios de selección para vacantes o cambios de destino en la escala ejecutiva.
Los aspirantes tendrán que superar el proceso de selección que se detalla a continuación.
La puntuación de los aspirantes será el resultado de la formula: a1+a2+b1+b2+c, siempre que hayan superado la nota mínima en cada una de las pruebas.
Los aspirantes que no consigan obtener ninguna de las plazas convocadas pero que hayan aprobado, permanecerán en un bolsín establecido al efecto y con una vigencia de 2 años, por si se produce alguna vacante.
Al tratarse de una unidad especializada, la provisión de lugares de trabajo de la escala ejecutiva de la Patrulla Verde, se realizará mediante un concurso específico que consistirá en el siguiente:
6.3.1. Conocimientos técnicos – profesionales (a)
-Prueba objetiva “a1”: conocimientos teóricos relacionados con la UVMA-PV, la cual consistirá en 10 preguntas tipo test, con 4 respuestas posibles donde se tendrá que obtener una valoración mínima de 5 sobre 10, sobre un temario relacionado con las funciones propias del lugar de trabajo que incluirá la convocatoria de provisión y sobre el contenido de los impresos que están en vigor.
-Prueba objetiva “a2”: Supuesto práctico escrito sobre la gestión y funcionamiento de la unidad de UVMA-PV con una puntuación máxima de 10 puntos. Es requisito la superación de esta prueba con un 5 o más.
Total de puntos máximos del apartado: 20
6.3.2. Valoración genérica y especifica de méritos (b)
Sin perjuicio de las reglas de valoración que se detallan a continuación, y en orden al desempeño de la denominada “carrera profesional” que se regula en el Estatuto Básico del Empleado Público. L 7/2007, y después de estructurar una línea de formación académica en orden a las diferentes especializaciones policiales, se hace constar que una vez creada y estructurada esta, la valoración de méritos para el acceso a las denominadas unidades especializadas de la Policía Local de Palma, se realizará según un concurso específico que estará directamente vinculado a las líneas de formación específicas que a cada una de las denominadas unidades especializadas se determine.
-Valoración genérica (b1): se valorará según el anexo II del Decreto 67/2007, de 7 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento marco de medidas urgentes de las policías locales de las Islas Baleares. La puntuación máxima que se puede conseguir con los méritos aportados será de 54 puntos.
-Valoración específica (b2): Se valorarán los cursos directamente relacionados con la tarea de la Patrulla Verde (IS 092/2002), tanto los impartidos por organismos oficiales como los llevados a cabo por EMF o el EBAP (esta apartado se valorará con un máximo de 21 puntos):
-El hecho de estar en posesión de la habilitación como inspector sonométrico del Ayuntamiento de Palma, se valorará con 4 puntos.
-Si se dispone del curso de inspector sonométrico del EBAP (no específico por Palma) se valorará con 2 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 10 horas y menos de 20 se valorará con 0’50 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 20 horas y menos de 40 se valorará con 1 punto.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 40 horas y menos de 80 se valorará con 2’25 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 80 horas se valorará con 3 puntos.
-Cada curso directamente relacionado con la tarea de más de 150 horas se valorará con 5 puntos
6.3.3. Entrevista personal (c)
Coordinada por la comisión de valoración, será puntuada de forma objetiva. Estructurada en 3 (tres) preguntas valoradas en un punto por pregunta con un máximo de 3 puntos y a razón de una de ellas por cada miembro de la comisión de valoración. Las preguntas serán idénticas para todos los aspirantes.
7. Permanencia en la unidad
Se establece un tiempo mínimo de permanencia en la unidad de 24 meses contadores desde el día siguiente de la incorporación a la unidad, durante el cual no se podrán realizar cambios de destino.
Es obligatorio tener la habilitación de Inspector Sonométrico del Ayuntamiento de Palma, aunque esta se condiciona a la superación del primer curso que se realice para la plena integración a la Patrulla Verde. En caso de no superación de este curso de capacitación se iniciará el correspondiente procedimiento de remoción del puesto de trabajo .
El personal de esta unidad, tanto el de nuevo ingreso como el que ya esté adscrito, estará obligado a realizar las acciones formativas del plan específico de formación y capacitación que anualmente se programe. El incumplimiento no justificado de esta obligación también será objeto del inicio del correspondiente procedimiento de remoción del puesto de trabajo.
8. Accesos por cambio de destino y cobertura de futuras vacantes.
Cualquier cobertura de vacante o cambio de destino de un agente de otra sección con un miembro de la UVMA-PV, estará supeditada a la superación de las pruebas de selección de los “criterios de selección por vacantes o cambio de destino”, con la excepción del personal que forma parte del bolsín.
Los policías de nuevo ingreso se ajustarán al plan de vacaciones de la sección. Sólo se respetarán las vacaciones anteriores si el servicio lo permite.
9- CONDICIONES DE TRABAJO DE LA UVMA-PV
9.1. Condiciones de trabajo
Los componentes de UVMA-PV realizarán servicios en cuadrantes que contemplan periodos de 28 días en turnos de mañana y tarde con flexibilidad, y vísperas, con las compensaciones económicas correspondientes de nocturnidad y con las siguientes condiciones:
1) Jornada de 8 horas con renuncia al día libre, con la correspondiente compensación económica vigente según convenio.
2) Libranza de los fines de semana: 3 fines de semana libre de cada periodo de 4 fines de semana en cuanto al servicio diurno.
3) El horario del servicio por la mañana será de 07.00 h a 15.00 horas, los fines de semana y festivos de 06.00 h a 14.00 horas. El horario del servicio de tarde será de 14.00 a 22.00 horas, el servicio de noche de las 22.00 horas a las 06.00 horas.
4) El horario de noche, entre junio y septiembre, incluirá tres periodos de 28 días, con cuatro agentes, y dos agentes el resto de periodos. La rueda del turno de noche para todo el año incluirá dos fines de semana y 10 días libres por cada periodo de 28 días.
5) La rueda de festivos será uno de cada cuatro y siempre habrá una pareja que trabajará en el turno de noche, la noche anterior.
6) Prestarán servicio de paisano con la compensación económica del acuerdo regulador de condiciones de trabajo.
7) Se cubrirá el servicio de viernes y sábados con una pareja de noche (22:00 horas a 06:00 horas), además del servicio ordinario nocturno, garantizando que cada fin de semana habrá como mínimo una pareja de patrulla verde de servicio nocturno, de tal manera que en el periodo estival siempre serán dos parejas
8) Se instaura el concepto de flexibilidad horaria de idéntica manera que el Grupo de Violencia Doméstica: cuatro horas al inicio o al final del servicio, lo cual significa que las horas realizadas durante este margen horario no implicarán el abono de servicios extraordinarios.
De lunes a viernes se realizarán 8 horas de trabajo de acuerdo con el siguiente cuadro:
HORARIO DE SERVICIO: |
|
MAÑANA |
PERSONAL |
De 7:00 a 15:00 h |
Los de servicio |
|
|
TARDE |
PERSONAL |
De 14:00 a 22:00 h |
Los de servicio |
|
|
NOCHE |
PERSONAL |
De 22.00 a 06.00 h |
Los de servicio |
Sábado, domingo y festivos se realizarán 8 horas de trabajo de acuerdo con el siguiente cuadro:
HORARIO DE SERVICIO: |
|
MAÑANA |
PERSONAL |
De 6:00 a 14:00 h |
Los de servicio |
|
|
NOCHE |
PERSONAL |
De 22.00 a 06.00 h |
La unidad de servicio ordinario |
De 22.00 a 06.00 h |
La unidad de refuerzo |
7.2. Condiciones económicas
Los componentes de la VMA-PV tendrán las percepciones económicas que le corresponden por su condición de funcionarios y por los servicios realizados, que serán:
•Compensación por el concepto de hacer el trabajo de paisano.
•Compensación, según convenio, correspondiendo a la opción escogida por festivos trabajados.
•Retribución económica, según convenio, correspondiendo a la parte proporcional del complemento de nocturnidad.
•Retribución económica, según convenio, correspondiendo a los sábados y domingos trabajados.
•Retribución económica, según convenio, correspondiendo a la renuncia al día libre.
•Complementos por los conceptos de Especial Formación Técnica, Flexibilidad Horaria y Horario Especial.
-Especial formación Técnica: Inspectores sonométricos, de actividades y demás contenidos del Plan anual de Formación.
-Flexibilidad: De idéntica manera que el Grupo de Violencia Doméstica.
-Horario Especial: Turno UVMA-PATRULLA VERDE (cuatro horarios diferentes).