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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1592
Disciplina DI-2002/101 Notificación Propuesta Demolición

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, Banners 2001 SL (prop), rep. José Moreno Ordóñez  y Richard Samitier Cardet (prom)  exp. nº DI-2002-101, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Banners 2001 SL, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición o de  reconstrucción, seguido contra la empresa Banners 2001 SL (prop.), rep. por José Moreno Ordóñez, y a Richard Samitier Cardet (prom.), **, de conformidad con lo dispuesto en los art: 65 y 66 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.

RESULTANDO: Que ha transcurrido el plazo de 2 meses, concedido al interesado, para que solicitase la oportuna licencia, o ajustase las mismas a licencia u orden de ejecución de conformidad a lo dispuesto en el art. 65-1 de la citada ley. 

CONSIDERANDO: los artículos citados y demás de general aplicación, la instructora formula la siguiente propuesta de demolición, retirada o de reconstrucción de las obras que más abajo se relacionan, a costa de los interesados, así como lo procedente para impedir definitivamente los usos a los que hubiesen dado lugar.

A la empresa Banners 2001 SL (prop.), rep.  José Moreno Ordóñez, y a Richard Samitier Cardet (prom.), para que procedan a la retirada/demolición de las obras realizadas en el camino Son Fangos, 214, R.R. 05800028, sin licencia, de acuerdo con lo que dispone el informe de la UTIB de 18/4/2013. Consistentes en “Se está realizando una capa de relleno de parte del solar con material que podría proceder todo en parte de residuos de demolición y construcción. Se ha abierto un portal de acceso a la parcela por el lateral izquierdo. Se observan una decena de pilares de hormigón situados en un lateral de la edificación existente y lindante con los rellenos, informe UTIB del 27.8.2013Realizar una capa de relleno de parte del solar con material, que podía proceder todo o en parte de residuos de demolición y construcción. Apertura de un portal de acceso a la parcela por el lateral izquierdo y accesible desde el camino de Son Fangos. Se observan una decena de pilares de hormigón situados en un lateral de la edificación existente y lindante con los rellenos.  El Celador de Obras que suscribe, personado en aquel lugar ha comprobado que las obras se encuentran paralizadas, observándose que el portal de acceso denunciado, abierto en la parcela, que servia de acceso a los vehículos y a la maquinaria de obra, ha sido precintado por la Policía Local.”  y demás obras y/o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal; de modo que se restituya la vivienda al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística. Visto que las citadas obras carecen de la preceptiva licencia municipal.

CONCEDER a la empresa Banners 2001 SL (prop.), rep. por José Moreno Ordóñez, y a Richard Samitier Cardet (prom.), un plazo improrrogable de 10 días para que formule todas las alegaciones que estime convenientes.

ADVIRTIÉNDOLE que, a tenor de lo dispuesto en el art. 67-1 de la Ley 10/90 de la CAIB, trascurrido el plazo expresado sin que hayan presentado alegaciones, o desestimadas éstas, el C.G.U. acordará la retirada, demolición o reconstrucción de las obras por el interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que hubiera dado lugar, concediendo al interesado un plazo al efecto adecuado a las circunstancias del caso, con la advertencia de que el Ayuntamiento lo podrá ejecutar subsidiariamente en caso de incumplimiento.

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).

 

Palma, 30 de enero de 2014

 

La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios

P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salvà Armengod