Sección V. Anuncios
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CONSORCIO PARA LA PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSITCA EN SUELO RÚSTICO EN LA ISLA DE MENORCA
Núm. 1591
Notificación de la resolución del expediente para el restablecimiento de la legalidad urbanística 12/07/05 del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca
De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no habiéndose podido practicar la notificación por los medios legalmente establecidos, se pone en conocimiento del interesado, que se ha acordado mediante decreto de presidencia número 147/2013 de día 02.12.2013 la resolución del expediente 12/07/05 del Consorcio para la protección de la legalidad urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca, dirigido al restablecimiento de la legalidad urbanística presuntamente vulnerada, archivándose el mismo por razón de haberse acreditado mediante la licencia municipal de obras otorgada por parte del Ayuntamiento de Maó (acuerdo de la Junta de Gobierno Local de día 07.10.2013. Expediente CM2112LO0080), la adecuación de las que motivaron su apertura, a la legalidad urbanística vigente.
Expediente número: 12/07/05
Interesado: Cantolin Plus S.L.
Último domicilio: Arribada d’Alcaufar núm. 7 (07710-Sant Lluís)
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos. Significándoles que contra la aludida resolución podrán interponer el recurso contencioso administrativo señalado en el artículo 46 de la Ley 29/98, de la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la presente notificación, salvo que se presente el recurso previo potestativo de reposición del artículo 116 de la Ley 30/92, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la entrega de la presente notificación; podrán, no obstante, utilizar otros recursos si se considera procedente.
Maó, 21 de enero de 2014
LA PRESIDENTA
Marta Vidal Crespo