Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA VIVIENDA (IBAVI)
Núm. 1566
Notificación de la resolución de suspensión y revocación en su caso, del derecho a la ayuda de renta básica de emancipación para jóvenes por haber superado los ingresos permitidos durante el ejercicio fiscal de 2010
Por el presente se hace saber a los beneficiarios que a continuación se relacionan que transcurrido el plazo de audiencia sin haber presentado alegaciones en el procedimiento de revocación de las ayudas de renta básica recibidas durante el año 2010 se ha resuelto la revocación del derecho a la Renta Básica de Emancipación de los interesados y con los efectos que a continuación se detallarán.
Si la fecha de efectos económicos de la suspensión del derecho o de las causas que motivan esta resolución, se deriva la existencia de ayudas indebidamente percibidas, se tramitará un expediente de reintegro con las garantías de procedimiento establecidas en la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE N º 276, de 18 de noviembre de 2003) que, en su caso, será notificado con la propuesta de liquidación a efectos de su ingreso o la presentación de documentos y el alegaciones que el interesado considere oportuno antes de dictar la resolución con la liquidación definitiva.
Acuerdo con lo dispuesto en el art. 42.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE N º 276, de 18/11/03), esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra esta recurso de reposición potestativo ante el órgano que suscribe, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución, según disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE N º 311, de 28.12.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE N º 12, de 14/01/99), o recurso contencioso- administrativo ante el juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE N º 167, de 07.14.98).
DNI |
NOMBRE |
APELLIDOS |
RESOLUCION |
INICIO REVOC |
FIN REVOC |
---|---|---|---|---|---|
43156***** |
GLORIA LUISA |
LEAL AMENGUAL |
RBE0071010100017308X |
ENERO |
ENERO |
X7592***** |
GILLES |
BARBIER |
RBE0071010100221808V |
ENERO |
MARZO |
41742***** |
JUANA |
SINTES COLL |
RBE0070020200131708J |
ENERO |
MAYO |
Palma, 30 de enero de 2014
Director Gerent
Roberto M. Cayuela Rexach