Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5016
procedimiento Ordinario 0001239/2009 Sobre Procedimiento Ordinario

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. FERNANDO ESTRADA RUIZ, Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca, hago saber que en el procedimiento de referencia, se ha dictado sentencia de fecha 04/03/13 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Abogado del Estado, en nombre y representación de Consorcio de Compensación de Seguros contra Axa Seguros Generales, S.A. y D. Mohamed Chendri Otman declarando la responsabilidad de los demandados y condenándoles a pagar al Consorcio de Compensación de Seguros 4495,89 euros, más los intereses aplicables desde la interposición de la demanda y para la aseguradora los intereses que resulten de incrementar el interés legal en un 25% desde la fecha en que abonó la indemnización a la perjudicada el 16 de septiembre de 2008.

Se condena expresamente en costas procesales a las partes codemandadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciendo saber que contra el mismo cabe recurso de apelación, ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, por plazo de 20 días de acuerdo con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACIÓN.- Leída  y publicada fue la anterior sentencia  por el Ilmo. Sr. Juez que la dictó  estando celebrando  audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JOSE HORACIO FILIPPELLI, se extiende la presente para que sirva de notificación.

PALMA DE MALLORCA a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL