Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 1419
Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Calvià por el que se crean ficheros de datos de carácter personal
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:
Primero.- Los ficheros del Ayuntamiento de Calvià serán los contenidos en los anexos de este Decreto de Alcaldía.
Segundo.- Se crean los ficheros incluidos en el ANEXO I de este Decreto de Alcaldía, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.
Tercero.- Los ficheros que se recogen en los anexos de este Decreto de Alcaldía, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Cuarto.- En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Decreto de Alcaldía en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
En Calvià, a 29 de enero de 2014
El Alcalde-Presidente
Manuel Onieva Santacreu.
ANEXO I
Ficheros de nueva creación
Fichero: Participación pública cambio climático
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
b) Procedimiento de recogida de datos: por las personas interesadas, fuentes accesibles al público, entidad privada u otras administraciones públicas.
c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento:
d) Cesión de datos: los datos pueden ser cedidos, con consentimiento de las personas afectadas a otras administraciones públicas, tanto locales como autonómicas.
e) Transferencias internacionales de datos: no se prevén.
f) Órganos responsables del fichero: el/la responsable del Servicio de Urbanismo.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: la persona interesada tiene el derecho de efectuar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Calvià situado en la calle Julià Bujosa Sans, Batle, 1 (Calvià).
h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.