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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 1356
Publicación de la Propuesta provisional de resolución denegatoria en relación con la solicitud de ayuda presentada, exp. 281/2013, para las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades a zonas distintas a las de montaña en las Illes Balears

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Texto

Publicación  de la Propuesta provisional de resolución  denegatoria en relación con la  solicitud de ayuda presentada, por el Sr. (datos personales ocultos), al amparo de la Resolución del presidente del  FOGAIBA de 19 de enero de 2013, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades a zonas distintas a las de montaña en las Illes Balears.

Conforme lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y teniendo en cuenta que no se ha localizado al destinatario, mediante este anuncio se notifica al Sr. (datos personales ocultos),  la Propuesta provisional de resolución del Jefe de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de día 22 de octubre de 2.013, con relación al expediente núm. 281/2013 de la línea de ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades a zonas distintas a las de montaña en las Illes Balears.

Informar al interesado que, en fecha 22 de octubre de 2.013, el Jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural firmó la Propuesta provisional de resolución de denegación de la subvención solicitada por el interesado, dado el informe del jefe de sección  II de Ayudas, ya que después de revisar dicha solicitud así como la documentación adjunta se detecta que el interesado incumple el siguiente requisito para poder ser beneficiario de la ayuda solicitada:

  1. El requisito establecido en el punto 2. c) del apartado Tercero de la Resolución citada, referido a los requisitos específicos de los beneficiarios y de las explotaciones, referido a los requisitos específicos de las explotaciones establece: “Tener una superficie agrícola superior a dos hectáreas” y en fecha 06/08/2013 se realizó la inspección de campo de la explotación y en los documentos  obrantes y los datos de cálculo consignados en el expediente de referencia, se desprende que la explotación del solicitante no cumple con el requisito de tener una superficie agrícola superior a dos hectáreas.

Notificar al interesado el contenido de dicha propuesta provisional de denegación de la ayuda solicitada informándole que dispone de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción (publicación) de esta propuesta para presentar las alegaciones que considere conveniente para su defensa.

Informarle que en el caso de no hacer uso de su derecho a alegar en el plazo indicado, esta propuesta provisional tendrá carácter de definitiva  y se procederá a dictar la correspondiente Resolución de denegación de esta ayuda solicitada.

También informarle que esta propuesta de resolución provisional no crea ningún derecho a favor del beneficiario mientras no se haya notificado la Resolución definitiva.

Informar al interesado que el expediente permanece a su disposición y consulta  en el Servicio de Ayudas al Desarrollo  Rural del FOGAIBA,  calle  Reina Constança, 4, de Palma.

 

Palma, 21 de enero  de 2.014 

El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons