Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 1261
Resolución de exclusión de solicitudes presentadas por artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM)
Os comunicamos que el honorable. Sr. vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, Joan Rotger Seguí, en fecha de hoy ha adoptado la siguiente resolución que transcribo literalmente a continuación:
ANTECEDENTES
El consejero de la Vicepresidència de Cultura, Patrimonio y Deportes, mediante resolución de fecha 21 de mayo de 2013, aprobó las normas de selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 (BOIB nº 76, 30 de mayo de 2013), en las cuales se establecía un plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de las normas en el BOIB para la presentación de solicitudes de los artistas o grupos profesionales, y un segundo plazo desde el día 1 hasta el día 30 de noviembre de 2013, ambos incluidos, para la presentación de solicitudes de los artistas o grupos profesionales que no se hubiesen presentado en el plazo anterior, o bien, para la inscripción de nuevos espectáculos en el caso de artistas o grupos profesionales seleccionados en el primer plazo.
Dado que por resolución del consejero de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, de fecha 3 de julio de 2013, se modificó, entre otros, el segundo plazo de presentación de solicitudes fijándolo desde el día 15 de julio hasta el día 14 de agosto, ambos incluidos (BOIB nº 96 de 9 de julio de 2013).
Dado que por resolución del consejero de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, de fecha 3 de octubre de 2013, se aprobó la selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 (BOIB nº 139, de 10 de octubre de 2013).
Vista la solicitud de inscripción en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 presentada, en fecha 11 de noviembre de 2013 (Reg. entrada Gral. 34098) por PRODUCCIONES DEL MAR MANAGEMENT SL, para el espectáculo "El legado invisible".
Vista la solicitud de inscripción en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 presentada, en fecha 19 de noviembre de 2013 (Reg. entrada Gral. 35173) por IGUANA TEATRO SL, para el espectáculo "Woyzeck".
Vista la solicitud de inscripción en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 presentada en fecha 29 de noviembre de 2013 (Reg. entrada Gral. 36080) por IGUANA TEATRO SL, para el espectáculo "Centauros".
Vista el acta de la Comisión técnica, de fecha 7 de enero de 2014, con la propuesta de resolución de excluir de la selección las solicitudes de inscripción mencionadas anteriormente, por estar fuera de plazo, de acuerdo con el establecido en las bases de las Normas de Selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el CAEM 2013-2014.
Visto el informe favorable sobre los aspectos jurídicos emitido por la jefa del Servicio jurídico administrativo de la vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes.
Por todo esto, el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, en uso de las competencias que me confieren el Decreto de organización del Consell de Mallorca, de fecha 15 de julio de 2011, corregido por decreto de 19 de julio de 2011, de 10 de octubre de 2011 y de 15 de marzo de 2012, y la legislación vigente de Régimen Local, tiene a bien dictar la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Excluir de la selección por estar fuera de plazo, de acuerdo con el establecido en las bases cuarta y quinta de las Normas de Selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEMOS) 2013-2014 (BOIB nº 76, 30 de mayo de 2013 y BOIB nº 96 de 9 de julio de 2013), las solicitudes siguientes:
- PRODUCCIONES DEL MAR MANAGEMENT SL, para el espectáculo "El legado invisible".
- IGUANA TEATRO SL, para el espectáculo "Woyzeck".
- IGUANA TEATRO SL, para el espectáculo "centauros".
2. Notificar la presente resolución a las personas interesadas y ordenar su publicación en el BOIB.
Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer, el recurso de alzada delante de la honorable Sra. Presidenta del CIM, dentro del plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Palma, 14 de enero de 2014
El secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes
José Manuel Carrillo Martínez