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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 228
Juicio verbal 1484/2012, sobre otras materias

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Texto

DOÑA SILVIA MARTINEZ POMAR Secretaria del JDO. DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE PALMA DE MALLORCA por el presente,

A N U N C I O:

En este órgano judicial se tramita JUICIO VERBAL 1484 /2012, seguido a instancias de JUAN PUIGSERVER LARA representado por la Procuradora María del Romero Gaspar, contra  LINEA DIRECTA SEGURADORA, MIGUEL TORRENS SALLEINS, CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS CONSORCIO, CARMELO JIMENEZ ALVAREZ se ha dictado SENTENCIA cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

 

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª María del Romero Gaspar de L’Hotellerie Fallois, en nombre y representación de D. Juan Puigserver Lara  contra Consorcio de Compensación de Seguros y D. Carmelo Jiménez Álvarez   condenando solidariamente a los demandados a abonar al actor 2611,84 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda y los del art. 20.9 LCS a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros desde la fecha de la reclamación judicial absolviendo a los codemandados Línea Directa Aseguradora y D. Miguel Torrens Salleins de los pedimentos de la demanda.

Que debo condenar y condeno a Consorcio de Compensación de Seguros y D. Carmelo Jiménez Álvarez  al pago de las costas procesales procedentes de la estimación de la demanda principal salvo las derivadas de los codemandados absueltos Línea Directa Aseguradora y D. Miguel Torrens Salleins respecto de los cuales no hay expreso pronunciamiento en costas.

Que debo estimar y estimo la demanda reconvencional presentada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Miguel Perelló Oliver en nombre y representación de D. Miguel Torrens Salleins, contra D. Carmelo Jiménez Álvarez y Consorcio de Compensación de Seguros  condenando a los codemandados a abonar al demandante 4799,84 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda reconvencional y los del art. 20.9 LCS a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros desde la fecha de la reclamación judicial absolviendo a D. Juan Puigserver Lara   de los pedimentos de la demanda reconvencional.

Que debo condenar y condeno a Consorcio de Compensación de Seguros y D. Carmelo Jiménez Álvarez  al pago de las costas procesales procedentes de la estimación de la demanda reconvencional salvo las derivadas del codemandado absuelto D. Juan Puigserver Lara  respecto del cual no hay expreso pronunciamiento en costas.

La presente sentencia no es firme y contra la misma  cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en el plazo de 20 días de conformidad con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACIÓN.- Leída  y publicada fue la anterior sentencia  por el Ilmo. Sr. Juez que la dictó  estando celebrando  audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y encontrándose CARMELO JIMENEZ ALVAREZ en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Noviembre de dos mil trece.