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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1237
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 17 de enero de 2014 por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, un puesto de jefe/jefa de personal subalterno de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Comarcal de Inca

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Texto

Fundamentos de derecho

1. De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012.

2. De conformidad con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicada en el BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio).

3. De conformidad con la Resolución de 1 de agosto de 2013 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la cual se aprueba la plantilla orgánica autorizada del Hospital Comarcal de Inca, dicto la siguiente

Resolución

Acordar la convocatoria pública de un puesto de jefe/jefa de personal subalterno de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Comarcal de Inca, de acuerdo con las especificaciones siguientes:

1) Requisitos

Tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría de celador y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.

2) Méritos (se valorarán los vigentes hasta la fecha en que se publique esta resolución)

a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):

Servicios prestados en la categoría estatutaria de celador….. 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.

b) Puestos de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo 60 puntos):

Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):

Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 18          0,20 puntos por cada mes completo.

Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 18            0,15 puntos por cada mes completo.

Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 18            0,10 puntos por cada mes completo.

Otras experiencias profesionales relacionadas con el puesto al que se opta que no sean la experiencia correspondiente a los servicios prestados en alguna de las categorías necesarias para ocupar el puesto convocado ni la experiencia correspondiente a la ocupación de puestos de jefatura (máximo 20 puntos) ............................................................................................... 0,20 puntos por cada mes completo.

c) Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):

Por cada crédito o por cada diez horas en cursos relativos a conocimientos sobre el funcionamiento, organización y gestión del personal subalterno ………….................. 0,10 puntos

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel A2 expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares........ ...1 punto

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel B1 expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares ...... ..2 puntos

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel B2 expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares ...... ..3 puntos

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel C1 expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares ...... ..4 puntos

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel C2 expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares ...... ..5 puntos

Por tener el título o el certificado oficial de conocimientos de catalán correspondiente al nivel LA de conocimientos de lenguaje administrativo expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares ................................... ..0.8 puntos

Se valora solo un titulo o certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA), en que la puntuación se acumula a la de otro certificado que se aporte.

3) Características del puesto convocado

La persona que obtenga la plaza tendrá la dependencia —orgánica y funcional—  y desempeñará las funciones propias de jefe/jefa de grupo de contratación de personal del Hospital Comarcal de Inca, entre las cuales las siguientes:

a) Ejercer la jefatura de personal de celadores y ordenar y dirigir el cumplimiento de sus tareas.

b) Supervisión y coordinación del personal subalterno del Hospital.

c) Alto grado de conocimiento de la estructura organizativa del Hospital.

d) Constatará que el personal subalterno cumple el horario establecido y se encuentra constantemente en su puesto de trabajo.

e) Mantendrá el régimen establecido por la Dirección para el acceso de enfermeras, visitantes y personal a las distintas dependencias.

f) Cuidará de la presencia y limpieza de su personal, revisando y exigiendo que lleven la vestimenta reglamentaria.

g) Participar activamente en las reuniones de equipo, apoyando a la información e integración del personal, ayudar a mantener un ambiente participativo.

h) Colaborar en la gestión y planificación de turnos, así como su registro en AIDA.

i) Otras funciones que les encargue el titular de la gerencia.

4) Documentación

Las personas aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos alegados.

5) Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse, dirigida al órgano convocante, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6) Comisión de Selección

Presidente: José Pastor Palenzuela

Vocales:

M. Luisa Mateu Bennassar

Fernando Nadal Roig

Daniel Rigo Bonnin

Secretario: Pau Vidal Pinya

Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará un nuevo integrante.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 17 de enero de 2014

El director general

Miguel Tómas Gelabert

Por delegación del consejero de interior BOIB 47/2008 i 60/2008.