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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 1070
Exp 70-13 expediente medio ambiente
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado NAJOTA, SL de conformidad con lo que dispone el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 6 de noviembre de 2013, ha dictado la siguiente Resolución: “ASUNTO: PISCINA DE LA VIVIENDA DE LA CALLE ORQUIDEA, 31 DE NOVA CABANA EN MALAS CONDICIONES.
Marratxí, 6 de noviembre de 2013
Puesto que, mediante el trámite de audiencia de fecha 24 de septiembre de 2013 ha informado en parte lo siguiente:
“ASUNTO: AUDIENCIA A NAJOTA, S.L
Se ha instruido el correspondiente expediente administrativo, sobre la imposición de orden de ejecución para restablecer las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, visto el informe emitido por la Celadora Municipal de Medio Ambiente de fecha 4 de julio/13, informando en parte lo siguiente: “Recibidas varias instancias referentes a las malas condiciones higiénicas en que se encuentra la piscina de la vivienda situada en la calle Orquídea, 31 de la urbanización Nova Cabana, el día 3/07/13 la celadora que suscribe realiza visita de inspección. Se comprueba que en la vivienda hay una piscina con agua estancada en avanzado estado de descomposición.
Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos…”
Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal como establece el artículo 17 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, “Los jardines y las plantaciones privadas, y también los espacios libres, constituyen un elemento importante del ecosistema urbano y como tal, sus propietarios los tienen que mantener en un correcto estado. Se tendrá que atender especialmente: a) La limpieza y las condiciones higiénicas; b) Estado fitosanitario de las plantaciones”.
Conforme con el catastro municipal de Medio Ambiente el propietario del citado bien es la empresa NAJOTA, SL. (dni:B07807324).
Los servicios jurídicos municipales informan que con carácter previo a que se dicte la orden de ejecución se tiene que conceder el trámite de audiencia de QUINCE DIAS a NAJORA, S.L.
Por la presente y de conformidad con lo que establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas i del procedimiento Administrativo Común, se le pone de manifiesto el expediente en el Negociado de Medio Ambiente en el Camí de Son Ametler núm. 5 de Marratxí (de 8:15 a 14:15., de lunes a viernes, telf. 971607502), a los efectos de que, durante el plazo de QUINCE DIAS, pueda como interesado alegar y presentar todos los documentos y justificantes que estime oportunos. Marratxí, 5 de julio de 2013”
Puesto que, sometido el expediente de referencia al preceptivo trámite de audiencia al interesado, en fecha 24 de septiembre/13 durante el periodo de 15 días.
Esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º Ordenar a NAJOTA, S.L, como propietario de la vivienda situada en la calle Orquidea, 31 de Nova Cabana a la limpieza de la piscina.
2º Conceder a NAJOTA, S.L un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo lo solicitado en el punto primero.
3º Advertir a NAJOTA, S.L que, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa de usted a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe. Marratxí, 6 de noviembre de 2013”
Marratxí, 9 de enero de 2014
El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou