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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1058
Disciplina. DO-2008/40. Notificación al expropietario de la subrogación del expediente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a CONSULTORA INSULAR MCA SL, exp. nº DO-2008/40, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a KELAMA MALLORCA SL, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:

Le notifico,  que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo nº 8047, de fecha 07/05/13, se ha dispuesto lo siguiente:

Vista la nota simple informativa del registro de la propiedad 2 de Palma de la finca 57998, conforme a la cuál el inmueble RC 5626301DD6852F0001OA es titularidad de la entidad “CONSULTORA INSULAR MCA SL”, en pleno dominio.

Visto el estado de tramitación de los expedientes de disciplina urbanística de restauración de la legalidad ref. DI 1993/233 y DO 2008/40, sobre obras realizadas sin licencia en C/ Capocorb 1, RC 5623601001, consistentes en “reposición de muros de contención existentes (muros de piezas de marés); Dichos muros de nueva construcción se realizan a base de bloques huecos de HV rellenos de hormigón y armados en una longitud de unos 200 ml con una altura que varía de unos 1’50 m. a 2’00 m” (Decreto Alcaldía 10597 de 9.11.1999), “1.-construcción de dependencia de unos 5.00 m2 a base de muros de carga bloques HV violetas pretensadas y bovedillas HV. 2 formación de pilares de piezas marés de unos 2,50 m de altura 16 unidades, 3.- formación de muros de unos 3.00 m. de altura con una longitud de unos 1000 m.l. Forros de piedra seca” (acta suspensión obras 10.03.2000) y “excavación de 1000 m2 x 4,5 m altura aprox. Levantamiento estructura de 400 m2 aprox” (decreto 01096 de 6.02.2008)

Visto el informe del TAG del Servicio de 3.04.2013, que se transcribe en la parte dispositiva.

Vistos el art. 31.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, el art. 19 del texto refundido de la Ley del Suelo (Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio), los arts. 25, 26 y 65 y siguientes de la Ley 10/1990, de Disciplina Urbanística, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y los arts. 4.1.h i 4.2.l i 18 noveno del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, y vistos el Decreto de Alcaldía nº 11918, de nombramiento de los titulares de les áreas de gobierno, de fecha 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía nº. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de fecha 26 de marzo de 2012, y otra normativa aplicable, el TAG de servicio que suscribe considera que el Teniente de Alcalde del área de Urbanismo y Vivienda, puede dictar el siguiente:

DECRETO

1º SUBROGAR, de acuerdo con el art. 19 TRLS, a la entidad CONSULTORA INSULAR MCA SL en la posición del anterior propietario KELAMA MALLORCA SL en los expedientes de disciplina urbanística de restauración de la legalidad ref.  DI 1993/233 y DO 2008/0040, en tramitación, sobre obras realizadas sin licencia en C/ Capocorb 1, RC 5623601001, consistentes en “reposición de muros de contención existentes (muros de piezas de marés); Dichos muros de nueva construcción se realizan a base de bloques huecos de HV rellenos de hormigón y armados en una longitud de unos 200 ml con una altura que varía de unos 1’50 m. a 2’00 m” (Decreto Alcaldía 10597 de 9.11.1999), “1.-construcción de dependencia de unos 5.00 m2 a base de muros de carga bloques HV violetas pretensadas y bovedillas HV. 2 formación de pilares de piezas marés de unos 2,50 m de altura 16 unidades, 3.- formación de muros de unos 3.00 m. de altura con una longitud de unos 1000 m.l. Forros de piedra seca” (acta suspensión obras 10.03.2000) y “excavación de 1000 m2 x 4,5 m altura aprox. Levantamiento estructura de 400 m2 aprox” (decreto 01096 de 6.02.2008)”

CONSIDERANDO

  1. Solicitada información al registro de la propiedad relativa a la titularidad de los inmuebles en los que se han ejecutados las obras sin licencia ha emitido nota simple el 7.02.2013, de acuerdo con la cual la finca 57998 relativa a la referencia catastral 562301DD6852F001OA es titularidad de la entidad “CONSULTORA INSULAR MCA SL” en virtud de escritura pública de 30.12.2010.
  2. De acuerdo con el art. 19 TRLS: La transmisión de fincas no modifica la situación del titular respecto de los deberes del proietario conforme a esta Ley y los establecidos por la legislación de la ordenación territorial y urbanística aplicable o exigibles por los actos de ejecución de la misma. El nuevo titular queda subrogado en los derechos y deberes del anterior proipetario (...).
  3. La potestad administrativa de ordenar la restauración de la legalidad urbanística infringida/realidad física alterada figura prevista en los 25.1 y 26 de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística.
  4. Desde el punto de visto procedimental hay que tener en cuenta la regulación prevista en los arts. 65 y siguientes LDU, así como lo que prevé el art. 31.3 LRJPAC: Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento.

2º NOTIFICAR este acuerdo a los interesados.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38,4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 116 anteriormente citado, y lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).

 

Palma, 28 de enero de 2014

La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod