Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE INCA
Núm. 591
Juicio Verbal 570/2011. sobre otras materias
Dª. ANGEL OTERO PEREZ, Secretario/a Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.1 de INCA, por el presente,
A N U N C I O:
En el presente procedimiento seguido a instancia de MAGDALENA NORRO COMPANY frente a JOSÉ OLIVES COMELLAS se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
S E N T E N C I A
En Inca, a 27 de julio de 2012.
Vistos por la Sra. D.ª Ana Mª Sánchez Macías, Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de los de Inca, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 570/2011, seguidos en este Juzgado a instancia de D.ª Magdalena Morro Company, representada por la Procuradora D.ª Juana Isabel Bennasar Piña y asistida por el Letrado D. Bartomeu Canals Orell, contra D. José Olives Comellas, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Debo ESTIMAR y estimo la demanda formulada por la Procuradora D.ª Juana Isabel Bennasar Piña, en nombre y representación de D.ª Magdalena Morro Company, contra D. José Olives Comellas, condenando al referido demandado a abonar a la actora la cantidad de 4.233,81 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la interpelación judicial, con expresa imposición al mismo de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Baleares, en el término de VEINTE DÍAS, contados desde el siguiente hábil a la fecha de su notificación, debiéndose depositar, conforme a la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso, en la cuenta de este Juzgado, la cantidad de 50 euros.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha, doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, JOSÉ OLIVES COMELLAS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
INCA a ocho de Octubre de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICIAL,